Telefónica objetó solicitudes de portabilidad de manera indebida mientras que Entel cometió infracciones respecto a la entrega de información, según Osiptel.
Telefónica objetó solicitudes de portabilidad de manera indebida mientras que Entel cometió infracciones respecto a la entrega de información, según Osiptel.

El confirmó las multas que le fueran impuestas en primera instancia a las operadoras Telefónica del Perú y Entel por un total de 663.2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 2′918,080.

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Según la Resolución de Consejo Directivo N° 174-2021-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano, el ente regulador confirmó la aplicación de las multas por 120 UIT (S/528 000) y 280 UIT (S/1′232,000), por objetar indebidamente 111,463 consultas previas y 38,643 solicitudes de portabilidad realizadas por los usuarios de Telefónica.

Se tratan de infracciones tipificadas como grave y muy grave, respectivamente, en el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de Portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija.

En el caso de Entel, el organismo regulador, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 176-2021/OSIPTEL, confirmó las multas por 113,2 UIT (S/ 498,080) y 150 UIT (S/ 660,000) por inconductas tipificadas como graves en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, respecto a la entrega de información al Osiptel.

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El organismo precisó que, tras las resoluciones publicadas, ha quedado agotada la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicho canal.

Osiptel también aclaró que los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras por no constituyen ingresos para la institución sino que son destinados al fondo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), organización que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para las poblaciones rurales.

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