Atento al pago de tus utilidades (Foto: Andina)
Atento al pago de tus utilidades (Foto: Andina)

¿Sabes hasta cuándo podrías cobrar tus ? Si a la empresa en que trabajas le fue bien en 2021, podrías recibir este beneficio laboral que se reparte tras rendir el impuesto a la renta de tercera categoría. ¿Sabes cuántos días corresponden al plazo para hacer el pago?

MÁS INFORMACIÓN: Si vas a recibir utilidades, así debes ver si la empresa te pagó el monto que te corresponde

Las esperadas utilidades es un porcentaje de la renta neta (ganancias después de descontar inversiones e impuestos) obtenida por las empresas como resultado de su gestión.

¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN DE LAS UTILIDADES?

La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial.

¿CUÁNDO VENCE EL PLAZO PARA EL PAGO DE UTILIDADES ESTE 2022?

Las empresas deben depositar las utilidades en un plazo máximo de 30 días naturales después de haber presentado su declaración jurada anual del impuesto a la renta, según el cronograma establecido por Sunat. Este 2022, el primer vencimiento para la presentación de dicha declaración fue el 25 de marzo, por tanto, a partir del 26 de marzo hasta el 24 de abril deben hacer el reparto. El último vencimiento para la declaración, en tanto, es el 8 de abril, por lo que la empresa tendrá hasta el 8 de mayo para depositar las utilidades a sus trabajadores. Si una empresa no cumple con pagarte en el plazo determinado, puedes denunciarla ante Sunafil.

¿HASTA CUÁNDO ES EL PLAZO PARA DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA 2021?

Luego de la declaración del impuesto a la renta, las empresas tienen 30 días para pagar las utilidades a sus trabajadores

  • Último dígito del RUC 0: vence 25/03/2022
  • Último dígito del RUC 1: vence 28/03/2022
  • Último dígito del RUC 2: vence 29/03/2022
  • Último dígito del RUC 3: vence 30/03/2022
  • Último dígito del RUC 4: vence 31/03/2022
  • Último dígito del RUC 5: vence 01/04/2022
  • Último dígito del RUC 6: vence 04/04/2022
  • Último dígito del RUC 7: vence 05/04/2022
  • Último dígito del RUC 8: vence 06/04/2022
  • Último dígito del RUC 9: vence 07/04/2022
  • Los buenos contribuyentes y los sujetos no obligados: vence 08/04/2022

¿QUÉ EMPRESAS PAGAN UTILIDADES?

Las empresas que pagan utilidades son las que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 trabajadores. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, cabe subrayar, no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES POR NO PAGAR UTILIDADES?

El incumplimiento del pago de utilidades es considerado como una infracción grave. Las empresas que incumplan con esta obligación pueden ser multadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) por un monto que oscila entre 1.57 UIT (S/ 7,222.00) hasta 26.12 UIT (S/ 120,152.00) dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados.

Es considerada una infracción grave en materia de relaciones de trabajo el no pagar u otorgar íntegra y oportunamente los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores.

¿CUÁL ES EL PORCENTAJE DE REPARTO DE UTILIDADES POR SECTOR?

El porcentaje aplicable depende de cada sector. Por ejemplo:

  • Empresas agrarias: 5% entre el 2021 al 2023.
  • Empresas de telecomunicaciones: 10%
  • Empresas industriales: 10%
  • Empresas mineras: 8%
  • Empresas de comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes: 8%
  • Empresas que realizan otras actividades: 5%
Minería debe pagar utilidades a sus empleados (Foto: Agencia Andina)
Minería debe pagar utilidades a sus empleados (Foto: Agencia Andina)

¿CÓMO SABER SI LA EMPRESA DONDE TRABAJO ME PAGA EL MONTO CORRECTO DE LAS UTILIDADES?

El empleador deberá entregar una hoja de liquidación, que detalla el cálculo y la siguiente información:

  • Nombre o razón social del empleador.
  • Nombre completo del trabajador.
  • Renta Anual de la empresa antes de impuestos.
  • Número de días laborados por los trabajadores.
  • Remuneración del trabajador considerada para el cálculo.
  • Número total de los días laborados por todos los trabajadores del empleador con derecho a percibir utilidades.
  • Remuneración total pagada a todos los trabajadores del empleador.
  • Procedimiento de cálculo.
  • Monto del remanente generado por el trabajador, de ser el caso.