En un año de la pandemia del coronavirus, suman a 237 las empresas de Arequipa que aplicaron la suspensión perfecta de labores hasta por tres meses, debido a que no pueden ejercer el trabajo presencial, ni remoto o por el nivel de afectación económica.
El gerente regional de Trabajo, José Luis Carpio Quintana, informó que no existe el registro de trabajadores afectados, pero se desaprobó la solicitud de 1,930 empresas, debido a que en las inspecciones no acreditaron las causales.
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Es decir, los empleadores no sustentaron el nivel de afectación económica debido a la pandemia, ni demostraron que el trabajo presencial que realizan pone en riesgo la salud de los colaboradores, considerando que, de ser así, podrían aplicar el trabajo remoto.
De acuerdo al Decreto de Urgencia N° 038-2020, que establece las medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante la COVID-19, la suspensión perfecta se aplica para mantener el vínculo laboral, cuando las empresas no pueden aplicar el trabajo virtual o la licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o el impacto económico.
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Sin embargo, en las supervisiones se observaron empresas que no cumplen con ambos requisitos, porque siguen produciendo o prestando servicios, así como siguen con sus ingresos económicos regulares.
La mayoría de las organizaciones que accedieron a la suspensión fueron las relacionadas a las actividades verdaderamente afectadas como turismo y gastronomía. Con la ampliación de la emergencia sanitaria, los empleadores que cumplen los requisitos tienen hasta el 2 de octubre para pedir que los empleados dejen de trabajar por uno a tres meses.