Una serie de situaciones de presunta irregular y perjuicios económicos advirtió la Contraloría General en la Municipalidad Provincial de Huamanga, que a través de la gerencia de Transportes dispuso el Servicio de remolque vehicular al depósito municipal de la institución.
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Situaciones adversas alertadas por la Contraloría
El servicio de control específico se realizó con la finalidad de determinar si la suscripción del convenio y la prestación del servicio de remolque vehicular al depósito municipal de la Municipalidad de Huamanga, mediante la subgerencia de Control Técnico de Transporte Público, se realizó conforme a las disposiciones internas y la normativa aplicable.
Ante ello, mediante informe de control específico N° 029-2021-2-0362-SCE, la Contraloría alertó que funcionarios y servidores de la Municipalidad de Huamanga suscribieron un convenio con la empresa privada ‘Nueva Tinka Unión SRL’ para el servicio de remolque vehicular, esto a pesar de que no cumplió con presentar los requisitos establecidos en la directiva para suscribir el convenio, contraviniendo la ley de Contrataciones con el Estado y a un costo mayor a lo establecido por la entidad.
Asimismo, el informe detalla que los funcionarios y servidores permitieron que dicha empresa perciba ingresos económicos sin contar con vínculo contractual y se beneficie por S/ 223 348,00, afectando la gestión y control del transporte público.
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Según el informe, el estudio de mercado realizado no sería en el marco de un convenio entre entidades, sumado a ello, el monto determinado es mayor a los costos establecidos en el Texto Único de Servicios no Exclusivos (Tusne) de la entidad, propiciando beneficios económicos a la empresa privada.
Otra alerta es que aunado a ello, la representante legal de la empresa privada que suscribe el convenio, no tenía las facultades para suscribir el convenio en representación de dicha empresa, además, el convenio suscrito no se encontraría bajo el supuesto de exclusión establecido en el literal C, del artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado.
Sin embargo se permitió que la empresa ‘Nueva Tinka Unión SRL’, realice el servicio de remolque de vehículos al depósito municipal desde el 20 de agosto del 2020 hasta el 17 de agosto del 2021, sin contar con vínculo contractual ni relación jurídica con la entidad, pese a tener conocimiento de la denegatoria a las solicitudes de renovación y suscripción de nuevo convenio, por contravenir el artículo 76 de la Constitución Política, permitiendo que la empresa cobre el importe de 45 soles por todo tipo de vehículo remolcado, monto que es mayor a los costos establecidos en el TUSNE, propiciando un beneficio económico de la empresa privada hasta por el monto de 223 mil 348 soles, afectando la legalidad y transparencia con la cual debe regirse los procesos y actividades de la entidad.