Autoridad Nacional del Servicio Civil enmienda la plana a hospital regional y da plazo para que informen su restitución tras no haber hallado causal de destitución inmediata.
Autoridad Nacional del Servicio Civil enmienda la plana a hospital regional y da plazo para que informen su restitución tras no haber hallado causal de destitución inmediata.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) anuló la resolución directoral que ordenó la destitución inmediata del médico Leandro Pérez Rodríguez del por la causal de delito doloso.

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Para el Tribunal del Servicio Civil no existió fundamento para la “destitución automática” ya que el galeno, con resolución judicial, fue rehabilitado de la condena penal en el 2018.

Como se recuerda el médico oftalmólogo, Leandro Pérez Rodríguez, denunció en más de una ocasión ser víctima de una campaña de persecución y amedrentamiento en su contra por fiscalizar y denunciar la adquisición de bienes y servicios a costos sobrevalorados en el hospital; asimismo por cuestionar un mal manejo de la primera del Covid-19 en el nosocomio.

Primer intento

El primer intento por retirarlo del centro hospitalario y evitar así los cuestionamientos por el mal manejo de coronavirus fue durante la gestión de José Morales De la Cruz y la causal fue la sentencia condenatoria que el Poder Judicial le impuso a Leandro Pérez en el 2014, sentencia que lo inhabilitaba a ejercer la gestión pública. Tras apelar a Servir, en enero del 2021, el órgano instructor anuló la resolución que destituía al galeno y ordenó un nuevo proceso administrativo, pero respetando el principio de legalidad.

Segundo intento

El 7 de marzo de este año, bajo el mismo argumento, es decir apelando nuevamente a la sentencia del 2014, el entonces director ejecutivo Benjamín Paredes Ayala firmó la resolución N° 0166-2022-HR-EGB-NCH-D que “destituía automáticamente” a Pérez Rodríguez del hospital donde trabajó por más de 32 años, sin tomar en cuenta que el órgano instructor ya había advertido en el 2021 que debían realizar un debido proceso administrativo al trabajador.

Para Servir “no correspondía declarar la destitución automática conforme el artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 276, esto al verificarse que el impugnante ya había sido rehabilitado de la condena penal impuesta por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Santa. En ese sentido, al verificarse que no debía aplicarse la destitución automática por haber operado la rehabilitación de la sentencia penal, la Entidad tendría que restituir el derecho del impugnante”, señala la RESOLUCIÓN Nº 000871-2022-SERVIR/TSC-Primera Sala del 27 de mayo del 2022.

Habla Leandro Pérez

“Hay abuso de autoridad, persecución contra el trabajador y ¿por qué? Porque simplemente exijo que el dinero del hospital sea gastado correctamente en beneficio de los usuarios. Hoy Servir me hace justicia, me destituyeron automáticamente sin un debido proceso y encima con una sentencia de la cual el Poder Judicial me ha rehabilitado en el 2018. No les ha importado ir contra las normas con tal de sacarme del hospital, regreso y seguiré fiscalizando, ¡basta de compras sobrevaloradas!, ¡basta de gastarse el dinero indebidamente!” declaró Pérez Rodríguez.

Plazo para restitución

A fin de garantizar que Leandro Pérez sea restituido en sus labores, y tomando en cuenta que hasta en dos ocasiones ha sido víctima de sanciones donde no se respetó el principio de legalidad, Servir ha exigido a la dirección ejecutiva del hospital regional Eleazar Guzmán Barrón informe en el plazo de 30 días las acciones para dar cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal del Servicio Civil, previa responsabilidad administrativa.

“Es la primera vez que Servir da plazos y lo hace por el abuso que se ha cometido en mi contra, Servir es claro y dice que deben reponerme e informar cómo lo han hecho. Los tiempos de Dios son perfectos y me ha hecho justicia”, acotó Pérez Rodríguez.

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