Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.
Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.

Michael LL. CC. (18) es un joven que actualmente está prófugo de la justicia. El sujeto, de procedencia acobambina, fue sentenciado a 18 años de cárcel por un caso de violación en agravio de una persona con retardo mental.

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La víctima, una fémina de 20 años de edad, es su prima; y mientras que la Fiscalía lo acusa de haber abusado de su familiar, la defensa técnica y el acusado alegan inocencia.

El fiscal Hadlei Quinto planteó la acusación contra el imputado según la investigación que nace de la denuncia presentada por el padre de la víctima el día 22 de diciembre del 2016.

HECHOS DEL CASO Y SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

De acuerdo a la acusación, la agraviada salió de casa el 9 de octubre del 2016 para pastear animales. Ya pasada las 11:00 horas, la joven decida retornar, en ese trayecto es abordada por el investigado, quien la tumba al suelo, boca abajo, y, tras colocar las manos de la víctima a la altura de la cabeza, le baja el buzo para luego consumar el acto.

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Es durante el vejamen que la abuela de la agraviada llega hasta el lugar de los hechos y le grita, “¡qué estás haciéndole a mi nieta!, ¡Sin vergüenza!, ¡machu qanra!”

El joven huye y tras meses de lo ocurrido, la anciana decide contarlo al padre de la víctima, quien denunció el hecho.

La defensa técnica y el acusado alegaban inocencia afirmando que el joven no cometió el delito. El investigado afirmaba que tenía una relación sentimental con la agraviada y que desconocía que tenía retardo mental.

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Los argumentos de las partes procesales fueron evaluados por el Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica (conformado por los jueces Kati Jurado, Hernán Pozo y Amparo Fernández) que al final decidió sentenciar al acusado a 18 años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva y al pago de 8 mil soles de reparación en favor de la parte agraviada.

Los jueces también dispusieron que el sujeto sea internado en el penal de Huancavelica una vez que sea capturado y puesto a disposición de las autoridades pertinentes.

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Cabe precisar que la defensa técnica del sentenciado puede apelar el resultado de primera instancia en el plazo establecido de acuerdo a ley.