El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la vacancia del alcalde distrital de El Tambo, Julio César Llallico Colca, al declarar infundada su apelación respecto a las causales de restricciones de contratación y contratación mediante interpósita persona, previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades.
La vacancia había sido aprobada previamente por el Concejo Municipal de El Tambo con ocho votos a favor y tres en contra, alcanzando los dos tercios requeridos por ley. El pedido se sustentó en tres causales: nepotismo, contemplado en el inciso 8 del artículo 22; restricciones de contratación, establecidas en el inciso 9 del mismo artículo; y contratación mediante interpósita persona, regulada en el artículo 63.
Sin embargo, tras evaluar el caso, el JNE declaró fundada la apelación presentada por Llallico respecto a la causal de nepotismo, concluyendo que no se acreditó dicha infracción.
Pese a ello, el máximo organismo electoral confirmó las otras dos causales vinculadas a contratación indebida. Según la resolución, se determinó que existió contratación mediante interpósita persona debido a la participación de un sobrino y, además, ahijado de matrimonio del burgomaestre, quien habría actuado como intermediario en las contrataciones observadas.
Con esta decisión, Julio César Llallico Colca queda oficialmente fuera del cargo de alcalde de El Tambo, al mantenerse firme la vacancia por vulnerar las restricciones de contratación establecidas en la normativa municipal vigente.





