Mediante el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM el Gobierno oficializó la obligación de contar con la tercera dosis de la vacuna contra la COVID-19 para poder ingresar a establecimientos públicos y privados, así como hacer trabajo presencial, disposición que debe cumplirse desde el 1 de abril.
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Es así que, los trabajadores del sector salud deben contar con las tres dosis de vacunación contra la COVID-19 para cumplir labores de manera presencial en su centro de trabajo, debido al alto riesgo de contagio y propagación de las variantes del coronavirus.
También toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar haber recibido las tres dosis de vacunación, siempre que se encuentre habilitada para recibirlas, según protocolo vigente, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú o en el extranjero.
Al igual que los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación.
De acuerdo a la Dirección Regional de Salud (Diresa) Junín el 36.08 % de mayores de 05 años en adelante tiene tres dosis: Huancayo (41.02 %), Yauli (53.69 %), Chupaca (35.39 %), Tarma (45.39 %), Jauja (46.92 %), Junín (46.25 %), Chanchamayo (26.64 %), Concepción (34.53 %) y Satipo (34.53 %).
Los mayores de 12 años que hagan uso de playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas deberán presentar el carnet físico o virtual que acredite haberse aplicado las dos dosis. Los mayores de 18 años que visiten estos lugares deberán contar con las tres dosis de forma obligatoria.
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En tanto, los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 12 años residentes y no residentes, solo pueden abordar si acreditan haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19, y la tercera dosis los mayores de 18 años que residan en el país y se encuentren habilitados; o, en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar.
Finalmente, los mayores de 18 años que ingresen a los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, colegios profesionales, entre otros, tienen que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19, siempre que se encuentren habilitados para recibirla, según protocolo vigente, además de usar mascarilla de manera permanente.