El 2022 entró en vigencia el Decreto Supremo N° 003-2022-MTC, que regula el tonelaje, cilindrada y torque de los vehículos de transporte público en categorías M1 y M2. Pero en Huancayo, estas no son aplicadas por no haberse adecuado la reglamentación en la MPH. Ante un posible conflicto con la realidad de los transportistas, el gerente de Tránsito y Transportes MPH, Raúl Claros, informó que podrían presentar una contrapropuesta.
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Disposición. En el Decreto Supremo N.° 003-2022-MTC sobre el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo, publicado el 5 de abril de 2022, dicen en su Capítulo II; Condiciones Técnicas: Artículo 7. Condiciones técnicas de los vehículos. 7.4.
“Pertenecer a la Categoría M1 con carrocería sedán o station wagon con un peso neto de 1000 kg y una cilindrada mínima de 1500 cc o potencia de motor mínima de 100 HP, o de la categoría M2 con un peso neto de 2000 kg y una cilindrada de 2400 cc o potencia de motor mínima de 120 HP, para el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito interdistrital. Se admite una tolerancia del 1% en los valores de potencia de motor”.
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“Las normas locales no deben contravenir a las nacionales. Ante este panorama, los transportistas podrían presentar una propuesta ante nosotros o el MTC para su evaluación”, dijo Claros.