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La personera acreditada de Alianza para el Progreso (APP), Bila Falcón Dávila, interpuso un recurso de nulidad contra las elecciones municipales celebradas el 4 de octubre en el distrito de San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha. El pedido, presentado ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Yarowilca, solicita la nulidad de los comicios a nivel distrital y la nulidad parcial del proceso provincial, debido a presuntas irregularidades, actos de corrupción y hechos de violencia que, según sostiene, habrían afectado la transparencia del proceso electoral.
De acuerdo con el recurso, durante la jornada electoral se habría vulnerado el principio de transparencia y la libre expresión de la voluntad popular. La denuncia señala que personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y un trabajador del programa Juntos habrían impedido que los miembros de mesa culminaran el llenado de las actas físicas, solicitándoles retirarse antes de concluir el procedimiento y emitir los resultados.
Asimismo, se reporta el hallazgo de ánforas y cédulas en poder de personas no autorizadas fuera de los locales de votación.
Entre los hechos denunciados, Falcón Dávila atribuye al candidato distrital del partido Ahora Nación el presunto ofrecimiento de incentivos económicos a electores con el propósito de direccionar el voto. También señala que habría sostenido reuniones irregulares con personal de la ONPE antes y durante el conteo de votos.
Cobro ilegal
En esa misma línea, la personera denuncia que un trabajador del organismo electoral habría admitido el presunto cobro de dinero para favorecer a un candidato. Estas acusaciones, sin embargo, forman parte de los hechos que deberán ser evaluados por las autoridades electorales competentes.
Denuncian presunta falsificación de actas
A estas imputaciones se suma una denuncia por presunta falsificación de documentos públicos. Falcón Dávila aseguró que, pese a encontrarse debidamente acreditada como personera de mesa de APP, no suscribió las actas de instalación, sufragio ni escrutinio, y que posteriormente habría detectado firmas presuntamente apócrifas consignadas a su nombre en la documentación oficial del proceso.
La situación se habría agravado alrededor de las 10:30 p. m., cuando, según el recurso presentado, se registraron actos de violencia y vandalismo que habrían culminado con la quema, destrucción o desaparición de actas y ánforas correspondientes a mesas que concentran a más del 60 % de los electores hábiles del distrito.
Sustento legal del pedido de nulidad
Para sustentar la viabilidad jurídica de su solicitud, el recurso incorpora una proyección cuantitativa basada en el artículo 364 de la Ley Orgánica de Elecciones.
Según el documento, San Miguel de Cauri cuenta con un padrón de 4 498 electores y, bajo el supuesto planteado por la parte impugnante, la omisión del escrutinio tendría que afectar al menos a un tercio del electorado, equivalente a 1 499 votantes, para que pueda solicitarse la nulidad.
La personera sostiene que los hechos denunciados habrían impedido el cómputo de más de 1 600 electores, cifra que superaría el umbral señalado en su recurso. A partir de ello, plantea que la afectación tendría además consecuencias sobre el cómputo provincial de Lauricocha.
El recurso deberá ser evaluado por el Jurado Electoral Especial de Yarowilca, que determinará, conforme a la normativa electoral y a los medios probatorios presentados, si corresponde declarar la nulidad solicitada.



