La Unidad de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Ica (ODANC Ica) dispuso el inicio de un procedimiento administrativo disciplinario y la aplicación de una medida cautelar de suspensión preventiva por cuatro meses contra un especialista de causas del Módulo Penal Corporativo de Ica, por la presunta comisión de faltas muy graves en el ejercicio de sus funciones.
Medida disciplinaria
La decisión se sustenta en una investigación disciplinaria que permitió reunir fundados elementos de convicción sobre la presunta conducta disfuncional del servidor judicial, quien habría incurrido en retardos en el cumplimiento de sus funciones, así como en otras acciones de mayor gravedad relacionadas con la atención de escritos presentados por las partes procesales.
De acuerdo con la investigación, el especialista habría proyectado proveídos que aparentemente daban cuenta de los escritos ingresados, pero que omitían atender los pedidos expresos formulados por las partes procesales. Asimismo, habría descargado escritos en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) mediante notas o registros que carecían de contenido resolutivo.
Estas presuntas prácticas habrían generado la apariencia de que los escritos ya habían sido atendidos, cuando en realidad las solicitudes formuladas permanecían sin respuesta. Esta situación habría dificultado el control de los documentos pendientes y prolongado la falta de atención a los justiciables que acudían al sistema judicial para obtener una respuesta a sus requerimientos.
Según la ODANC Ica, los hechos investigados podrían constituir faltas muy graves previstas en los numerales 10 y 11 del artículo 10 del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 227-2009-CE-PJ.
La medida cautelar de suspensión preventiva tiene como finalidad proteger la integridad de los procesos judiciales, evitar la repetición de actos similares y mitigar los posibles daños ocasionados a los justiciables. La disposición se ejecuta de manera inmediata y forma parte del procedimiento destinado a determinar una eventual responsabilidad disciplinaria del servidor judicial, así como la sanción que pudiera corresponderle.
La Nota de Prensa N.° 006-2026 fue emitida en Ica el 19 de octubre de 2026 y lleva la firma de Marco Antonio Mantilla Camacho, jefe de la ODANC Ica.

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