Sin más recursos legales pendientes por atender, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tiene el camino llano para que este martes 12 de noviembre resuelva si declara fundada o no la solicitud de vacancia contra el suspendido alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), Arturo Fernández Bazán, la misma que fue presentada por el abogado Fernando Calderón Burgos.
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Infundado
Ocurre que Arturo Fernández, actualmente prófugo de la justicia, había recusado al presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, por supuestamente adelantar opinión, al considerar que el Concejo provincial de Trujillo debía preparar la cuestión de vacancia contra la suspendida autoridad edil.
Arturo Fernández también argumentó que existiría una supuesta “animadversión inexplicable” en contra suya por parte del magistrado.
Ante ello, mediante la circular N° 000020-2024, el pasado 5 de noviembre, Jorge Salas Arenas solicitó se considere su solicitud de inhibirse sobre la causa de vacancia para evitar algún cuestionamiento que tergiverse o afecte la garantía de un proceso justo y equitativo en aras de la mayor transparencia.
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Se pronuncia
En ese sentido, el JNE, mediante expediente N° 2024002828, resolvió, en primera medida, declarar infundada la recusación presentada por Arturo Fernández Bazán en contra del magistrado Jorge Salas Arenas.
De la misma manera, el órgano electoral decidió aceptar la solicitud que planteó Salas para apartarse del caso donde se resolverá la vacancia de Arturo Fernández.
“Estimar la solicitud de inhibición del magistrado Jorge Luis Salas Arenas, presidente del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por lo que no participará en el conocimiento de la causa seguida en el expediente N° 2024002828″, se lee en el documento.
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El caso
Cabe recordar que Arturo Fernández quedó en esta situación después de que el Poder Judicial lo sentenciara a un año de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de S/ 25 mil a favor de la policía Nataly Rojas, a quien difamó en redes sociales.
Con una condena en su contra, incurrió en la causal de vacancia establecida en el inciso 6 del artículo N° 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Bajo ese argumento, el abogado Fernando Calderón solicitó al JNE que lo vaque del cargo de alcalde.
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