Por tercera vez, la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo (SBCH) lanzó la convocatoria pública para la obra “Construcción del centro de atención residencial Casa de Todos y el proyecto de inversión capilla y dos velatorios Virgen del Carmen - I Etapa”, valorizado en un total de S/5′639,508.
La licitación se ejecuta en base a la propia normativa que tiene esta entidad (Directiva N° 001-2021-ULCPSI/SBCH), sin embargo, el especialista Jorge Chávez Pita advierte que este mecanismo es riesgoso y puede fomentar vicios e irregularidades en la contratación.
La primera convocatoria para esta obra fue publicada el pasado 28 de junio a través del portal web de la Sociedad de Beneficencia. Se tenía previsto otorgar la buena pro el 05 de julio, pero la ausencia de postores motivó al comité de selección a declarar desierto el proceso.
Pese a esto, la SBCH decidió lanzar una nueva convocatoria y acordó otorgar la buena pro el 13 de julio. Ese día, el comité de selección se reunió para revisar la propuesta del único postor que se había presentado: Corporación Nebusi SAC.
Aunque la empresa cumplió todos los requisitos, el comité decidió postergar el otorgamiento de la buena pro hasta que se valide la veracidad de su línea de crédito de solvencia económica -por un importe de S/2′819,745-, así como la autenticidad de las resoluciones de liquidación de obra.
Finalmente, el 14 de julio, Corporación Nebusi SAC obtuvo la buena pro, quedando consentida a los tres días hábiles siguientes, tal como establece las bases administrativas del concurso. Es decir, recién el 19 de julio.
Precisamente, en esa fecha, la empresa entregó sus documentos para la formalización del contrato. Cabe mencionar que ese era el único día para que lo realice, de acuerdo al cronograma aprobado por la SBCH.
Al día siguiente, la oficina de Asesoría Jurídica recomendó dejar sin efecto la buena pro y dar por culminada la licitación debido a que Corporación Nebusi SAC no presentó la carta fianza.
Especialista cuestiona mecanismo utilizado por la SBCH
El especialista en contrataciones públicas Jorge Chávez Pita consideró que este es el primer caso en la región en el que una entidad convoca una contratación bajo su propia normativa.
El principal inconveniente, según señaló, es que la directiva de la SBCH establece plazos muy cortos y limita el tiempo para que el postor que gana la buena pro solicite ante una entidad financiera la emisión de la carta fianza.
La empresa no podría realizar este trámite con antelación porque se generaría la sospecha de que la licitación es direccionada, aclaró Chávez Pita.
“Hay muy poco tiempo entre el consentimiento de la buena pro y la presentación de documentos para la firma del contrato. Tal vez, estos plazos serían viables para compra de bienes o una obra más pequeña. Pero se trata de una inversión de más de 5 millones de soles”, agregó.
Además, remarcó que las entidades financieras exigen el documento de consentimiento de la bu
“No es posible que se otorgue una carta fianza de ese monto, que es el 10% del contrato, en tan corto tiempo. Por eso la ley de contrataciones del Estado da ocho días para presentación de documentos, después del consentimiento de la buena pro. Incluso, si no presenta la carta fianza, la ley faculta dar cuatro días más de plazo”.
Cabe señalar que la Contraloría revisó este proceso de licitación y detectó que no se contaba con el informe de disponibilidad presupuestal. Asimismo, se usó recursos de cuentas destinadas a otros fines para canalizarlo a este proyecto de inversión.