Condenado director Marco Barreto junto al gerente regional de Educación, Daniel Suarez.
Condenado director Marco Barreto junto al gerente regional de Educación, Daniel Suarez.

“Si señorita juez, admito haber cometido el delito de falsificación de documentos; me someto a la conclusión anticipada”. Esta habría sido la respuesta de Marco Alexis Barreto Arellano en la audiencia del 8 de noviembre de 2018, cuando la magistrada del Juzgado Unipersonal Transitorio de José Leonardo Ortiz le preguntó sobre la posibilidad de que el proceso en su contra termine mediante una conclusión anticipada.

A esa conclusión se puede arribar al revisar la sentencia del Exp. N° 4614-2012-19; Resolución N° Trece, que, en el punto 2 sobre “Admisión de cargos por el acusado” Marco Alexis Barreto Arellano, se advierte que este se allanó y terminó por aceptar que sí había estafado al Estado. El tipo no tenía escapatoria.

EL CASO DE LA CONDENA

De la lectura de la sentencia se puede resumir que el 14 de julio del 2010, cuando Marco Alexis Barreto Arellano ejercía como director de la I.E. N°160/10083 “Indoamérica” en la Provincia de Ferreñafe, se descubrió que en el “Acta de Conclusión de las Obras de Mantenimiento” (Exp. N° 1344134) había adulterado documentos contables.

Incluso, según el Informe N° 20/2010/UGEL-F/I.E.“I”/J, Barreto Arellano adjuntó documentos con “firmas falsificadas, de varios padres de familia; incluso como la firma de una persona fallecida”, según  se lee en los elementos de convicción que presentó la Fiscalía.

Es por eso que, el mismo día de la audiencia, cuando Marco Alexis Barreto Arellano admitió su culpa; ese mismo día fue condenado a “tres años cinco meses cuatro días” de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el delito de falsificación de documentos, e inhabilitado por el mismo periodo de tiempo para ejercer el cargo de director en cualquier institución educativa.

PAGÓ PARA NO IR PRESO

El Poder Judicial ordenó, además, que Marco Alexis Barreto Arellano tenía que pagar -en 10 días- S/4,491.00 de días multa “…bajo apercebimiento de convertirse en cada día multa en pena privativa de la libertad” y S/1,000.00 de reparación civil “que serán cancelados dentro de las 24 horas”.

Es decir, si Marco Alexis Barreto Arellano no efectuaba el depósito judicial de S/5,491.00, hasta el 30 de noviembre el 2018, revertía su situación legal y la juez lo enviaba al penal.

Un mes después de haber sido condenado, mediante Resolución N° Catorce del 5 de diciembre del 2018, el juzgado dio cuenta que con Depósito Judicial N° 2018023114317, el condenado Marco Alexis Barreto Arellano había cumplido con cancelar S/ 1,000.00 por concepto de reparación y S/4,491.00, por el pago de días multa.

Entonces, desde el primer día que Marco Alexis Barreto Arellano fue notificado con la sentencia debió dejar el cargo de director que ejercía en la I.E. N° 1075 Pedro Ruiz Gallo, en el caserío Sincape, del distrito de Olmos.

Por su parte, la UGEL Ferreñafe debió actuar conforme a lo que señala el numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley Nº 29944, que al respecto dice:”la condena penal consentida o ejecutoriada privativa de la libertad por delito doloso, acarrea destitución automática sin proceso administrativo”.

Pero no fue así. La audacia de Marco Alexis Barreto Arellano que ya había cruzado la línea de la legalidad (por eso fue condenado); sumado al deficiente desempeño y probable corruptela que fermenta en las instituciones públicas, le permitió -hasta la fecha- estar al frente de un colegio, pese a que el fallo judicial se lo prohíbe.

VOLVIÓ A CONSIGNAR DATOS FALSOS EN REASIGNACIÓN

El 17 de octubre del 2019 -pese a estar inhabilitado para ejercer cargo como director, e impedido de participar en este tipo de concursos, Marco Alexis Barreto Arellano se presentó al Proceso de Reasignación RVM N° 245-2019, etapa regional; buscando ser trasladado desde la I.E. 1075 Pedro Ruiz Gallo, del caserío Sincape del distrito de Olmos, a un colegio de Chiclayo “por unidad familiar”.

Y lo logró. Es aquí en donde, otra vez, las “habilidades” del condenado director sirvieron para que el Comité de Reasignaciones 2019 de la UGEL Chiclayo, que presidió en ese entonces José Luis Delgado Monteza e integraban Maria Elena Ruiz Vallejos y Ciro Abad Gálvez Alcántara, se hicieran de la vista gorda y lo calificaron con 47 puntos.

El 18 de diciembre del 2019, el director de la UGEL Chiclayo recibió el Acta de Adjudicación del Comité de Reasignaciones 2019, con los datos de la plaza vacante de director, que era la del Colegio Nacional San José Chiclayo.

Ese mismo día, Darío Balcázar Quintana firmó la Resolución Directoral N° , que resolvía reasignar a partir del 01 de enero 2020, a Marco Alexis Barreto Arellano de Olmos, al Colegio San José de Chiclayo. Con esta resolución; producto de actos irregulares, el entonces jefe de la UGEL Chiclayo Darío Balcázar legalizó el delito y Barreto consiguió normalizar sus andanzas.

¿Como lo hizo? Simple, volvió a mentir, a falsear documentos. En el “Anexo 02, Declaración Jurada para el procedimiento de reasignación y/o permuta” que es el documento clave, eliminatorio -por así decirlo- para seguir en el proceso, el entonces postulante Marco Alexis Barreto Arellano debió responder con la verdad, pero consignó datos falsos.

Barreto Arellano marcó con un aspa, para afirmar: “NO encontrase con medida preventiva o de retiro”; “NO estar inhabilitado administrativa y/o judicialmente” y “NO registrar antecedentes penales o judiciales al momento de postular”, entre otras. El sujeto lo volvió a hacer, consignó datos falsos en un documento público.

En el extremo del Anexo 02 – declaración jurada para el procedimiento de reasignación y/o permuta se lee lo siguiente: “…y en caso de resultar falsa la información que proporcionó, me sujeto a los alcances de lo establecido en el artículo 411 del Código Penal…” .

Los del Comité de Reasignaciones, incumplieron con sus atribuciones. Esto se precisa en los literales e), g), h) e i), del numeral 6.1.1., de las “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su reglamento” contenida en la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, del 25 de septiembre del 2019. Es decir, no verificaron la información sobre la situación legal de Barrueto.

Mutis oficial. Paras encontrar respuestas, ante esta andanada de gravísimos hechos de presunta corrupción; ejecutado por un personaje que aparentemente goza de la protección oficial, este periodista llamo al gerente regional de Educación, Daniel Suarez Becerra, y al jefe de la UGEL Chiclayo, Alí Sánchez; sin embargo, ninguno de los dos funcionarios respondió.

Igual dejamos un mensaje en los WhatsApp, con el mismo tenor.  Solo Ali Sánchez contestó; se disculpó por esta mal de salud y ofreció una entrevista para el jueves 6 de julio, fecha en que paradójicamente se celebra el Día del Maestro.