La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación que interpuso el exgerente de la empresa lambayecana Agro Pucalá, Max Ayora Inoñan, con el cual pretendía que se archive la acusación en su contra por el delito de defraudación tributaria.
El máximo órgano judicial ratificó la decisión del Juzgado Penal Colegiado de Chiclayo y la Sala Superior de Apelaciones de Lambayeque, las cuales previamente también desestimaron el pedido del imputado.
En dicho proceso penal, la Fiscalía Anticorrupción está solicitando 16 años de pena privativa de libertad contra Ayora Inoñán por los delitos de lavado de activos y defraudación tributaria. Dicha acusación fue presentada el pasado 14 de setiembre de 2022, sin embargo, los recursos judiciales planteados por el acusado dilataron el proceso. Ahora, con el fallo emitido por la Corte Suprema, se espera que el Juzgado Colegiado Penal de Chiclayo señale día y hora para el inicio del juicio oral contra Max Ayora.
El exgerente de la azucarera Pucalá planteó un recurso de excepción de prescripción con el cual buscaba que se archive las denuncias en su contra.
Como se recuerda, el 12 de octubre de 2015, Gerardo Peralta Cadenillas, presidente de la Asociación de ex Trabajadores Activos, Viudas, Herederos, Accionistas y Acreedores de la empresa Agro Pucalá, interpuso la denuncia en la Fiscalía contra Max Ayora.
Esto, debido a que se desempeñó como gerente general de la empresa Agro Pucalá SAA desde 2005 hasta 2010, cuando presentó su renuncia voluntaria y cobró la suma de S/ 1 millón 200 mil soles por concepto de beneficios sociales, y además habría omitido mediante maniobras fraudulentas el pago de tributos.
Cinco años después, el 19 de febrero de 2021, la Fiscalía dispuso la formalización y continuación de la investigación preparatoria por los delitos de defraudación tributaria y lavado de activos. La misma se dio por concluida el 09 de agosto de 2022.
La Sunat detectó un incremento patrimonial no justificado del ejercicio del año 2010 por el importe de 3 millones 943 mil, 470 soles. Aunque se acogió al régimen previsto en el Decreto Legislativo 1264, solo pagó 2 millones 346, 575 soles, lo que se adicionó a la renta neta de trabajo de dicho año.
Es por ello que se le imputa haber causado un perjuicio económico al Estado de 502,371 soles correspondiente al impuesto dejado de pagar, siendo acusado por defraudación tributaria.
Con dicho dinero proveniente del citado delito, Ayora Inoñán habría adquirido un departamento por el precio de 341 mil 176 soles, con su correspondiente estacionamiento, por el precio de 28,430 soles. Asimismo, habría adquirido una camioneta por el precio de 109 mil 417 soles. Además, habría realizado depósitos a distintas cuentas bancarias, para disponer de los mismos, costeando viajes al extranjero.
Ayora Inoñán sostenía que al ser la pena máxima 8 años de cárcel por defraudación tributaria, el plazo máximo para la acción penal venció el 31 de diciembre de 2018, por lo que planteaba la prescripción, pero fue rechazado.