En la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, varias personas acusadas de delitos graves, también han visto en la “Ley Soto” el salvavidas perfecto para librarse fácilmente de una posible condena.
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Como se recuerda, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 31751 que reduce a un año el plazo de suspensión de la prescripción de delitos penales, siendo uno de los primeros favorecidos, el mismo presidente del Poder Legislativo, Alejandro Soto, quien se acogió a dicha norma y se libró de un juicio por estafa en Cusco.
Resulta que en la región Lambayeque ya se aplica esta polémica ley, siendo favorecidos personajes acusados de actos de corrupción.
Se trata de un caso donde seis exfuncionarios de la Gerencia Regional de Salud (Geresa) eran acusados por el delito de negociación incompatible, debido a que habrían favorecido a una empresa con la adquisición de un equipo médico para el centro de salud del distrito Mochumí.
Los procesados era José Antonio Acosta Gomero (jefe de Logística), Juan Carlos Contreras Guerrero (director de Administración), Ángel Yoni Gamarra Niño (responsable de Almacén) Juan Pablo Santa Cruz Burga, Marcos Alejandro Manay y María del Socorro Gonzáles Hernández (miembros del Comité Especial Permanente).
Precisamente, la última funcionaria citada, mediante su abogado Juan Carlos Velásquez Caro, solicitó la prescripción de la acción penal amparándose en la “Ley Soto” (N° 31751).
Dicho recurso fue declarado fundado por el juez Carlos Larios Manay, del Décimo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Chiclayo, “incidente que favoreció a todos los procesados”.
“Los hechos se dieron hasta el 25 de febrero de 2013, antes de la dación de la Ley Nº 30650 de agosto de 2017, en la cual se determinó la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública, lo que no resulta aplicable al presente caso”, es parte del argumento del abogado Velásquez Caro. El caso figura en el expediente N° 09492 – 2017, donde la Fiscalía pedía 4 años y 8 meses de cárcel para los acusados por el delito de negociación incompatible.
Esto debido a que – según informes de la Contraloría y la Fiscalía - favorecieron a la empresa Proveedores Maestros SRL, pese a que no cumplió con sustentar las especificaciones técnicas exigidas en las bases. Pese a ello se le abonó S/ 32,759.00 antes de la entrega y conformidad del equipo (cámara de flujo laminar).