Inician investigación por inconducta funcional contra Juan Carrasco por pedir licencia para asumir ministerio.
Inician investigación por inconducta funcional contra Juan Carrasco por pedir licencia para asumir ministerio.

Mal inicio. El fiscal asumió el cargo de ministro del Interior; pero dicha decisión podría costarle caro, pues ha puesto en riesgo su puesto como titular de la (FECOR).

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La Fiscalía Suprema de Control Interno, al tener conocimiento de la juramentación del magistrado chiclayano como miembro del Gabinete Ministerial del presidente Pedro Castillo Terrones, solicitó al Ministerio Público de Lambayeque un informe sobre su situación laboral.

En respuesta, la Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI) de Lambayeque informó que inició una investigación preliminar contra el fiscal Juan Carrasco, por “presunta inconducta funcional, a fin de determinar si se habrían transgredido normas constitucionales y/o legales que rigen al Ministerio Público”.

LICENCIA

Resulta que el 26 de julio, el actual ministro del Interior solicitó licencia sin goce de haber “por motivos particulares” ante su jefe, el fiscal superior Jorge Chávez Cotrina, coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en delitos contra la criminalidad organizada.

El fiscal superior dio el visto bueno y remitió a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el informe con el pedido de licencia del fiscal Carrasco Millones para su trámite administrativo.

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Al día siguiente, el 27 de julio, la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales emitió la resolución N° 1880 en la que se le otorga la licencia al cargo de fiscal provincial titular de la FECOR, por un periodo de 90 días contados desde el 28 de julio del 2021.

Es por ello que, al juramentar como ministro, la Fiscalía Suprema de Control Interno ordenó a la ODCI que informe sobre la situación laboral del fiscal y “actúe de acuerdo a sus atribuciones”.

SANCIÓN

Sobre el particular, algunos abogados coincidieron al señalar que le correspondería la sanción de destitución al fiscal Juan Carrasco, porque la Ley de la Carrera Fiscal le prohíbe que participe en política.

“Sí (le correspondería la sanción de destitución) porque él no puede participar en política. Ser ministro es un cargo político. Dentro de esta norma especial, un fiscal tiene sus impedimentos”, dijo el abogado Luis Verona.

Sostuvo que el argumento de oposición que podría esgrimir Carrasco Millones al estar con licencia sería que no está ejerciendo la función de fiscal, pero no por eso pierde su condición de fiscal.

“Un abogado pide licencia pero no deja de ser abogado. El sacerdote es sacerdote con o sin licencia”, acotó.

Del mismo modo, el abogado Gilberto Carrasco Lucero, señaló que el artículo 20 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, establece claramente las prohibiciones que tienen los fiscales para el ejercicio de sus funciones.

“Carrasco Millones solamente está pidiendo una licencia, o sea la vinculación con el Ministerio Público solo estaría suspendida, y por consiguiente, le son aplicables las prohibiciones”, acotó.

El letrado precisó que la investigación preliminar contra Carrasco debe terminar con su destitución por cuanto ha infringido un deber de obligatorio cumplimiento.

Por último, indicó que la Ley Orgánica del Ministerio Público, solo establece una excepción: intervenir en el Congreso a solicitud para la conformación de comisiones revisoras de normas de índole legal.

“No tiene otra excepción por consiguiente se ha infringido abiertamente la Ley al haber asumido el cargo, además, a sabiendas que iba a asumir un cargo de ministro no lo ha señalado en la solicitud que ha hecho ante su superior, ha invocado una causal distinta que es de interés particular”.

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