Adrián Alonso Villar Chirinos se disculpó este martes por atropellar a la deportista Lizeth Katherine Marzano Noguera y darse a la fuga. El imputado, investigado por homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente, se mostró arrepentido por el dolor causado tras el atropello mortal de la campeona de buceo el pasado 17 de febrero en San Isidro.
Ante la pregunta directa del juez Adolfo Fernando Farfán Calderón sobre por qué no se detuvo a auxiliar a la víctima, Villar explicó que sufrió un bloqueo en el momento del accidente. El joven confesó que su mente le indicaba que debía parar, pero su cuerpo no respondió, asegurando que nunca había vivido una situación similar y reiterando su pesar por lo ocurrido.
“Soy completamente consciente de de lo sucedido y de sus consecuencias y estoy profundamente arrepentido de haberle causado tanto dolor a una familia... No sé qué fue lo que pasó. Mi cabeza me decía que pare y mi cuerpo no me obedecía, nunca me había pasado algo similar”, expresó.
El juez decidió postergar la resolución para este miércoles 4 de marzo a las 21:00 horas debido a otras audiencias programadas. La próxima diligencia será exclusivamente para la lectura de la decisión sobre si Villar continúa bajo custodia o recupera su libertad mientras avanza el proceso principal.
Enfrentamientos entre la defensa de Villar y la fiscalía
César Nakazaki, abogado defensor de Adrián Villar, sostuvo durante la audiencia que a su cliente le correspondería una pena de 4 años y 6 meses de cárcel, cifra que no alcanza el mínimo legal de cinco años necesario para justificar prisión preventiva. El letrado argumentó que tanto bajo su cálculo como bajo la tesis fiscal la pena probable se mantiene por debajo del umbral exigido por la norma procesal.
Por su parte, la fiscal Yanet Roller, representante del Ministerio Público, reveló durante la audiencia que el celular de Adrián Villar presenta evidencias de manipulación. Según la fiscal, se detectó que información fue eliminada del dispositivo, incluyendo comunicaciones que deberían haber aparecido en el registro del teléfono.
“Que (Villar) se haya reunido con las personas que él considere para tener su su defensa, nadie lo nadie lo puede imputar o decir que eso no debería hacerse, pero sí los hechos posteriores, señor magistrado. Se ha podido verificar que en ese lapso en el que esta persona, Adrián, no se ha presentado, ha manipulado las comunicaciones. [...] Por lo tanto, no sabemos qué otras comunicaciones estén borradas de los teléfonos celulares. Es decir, ha obstaculizado la investigación de la verdad, señor magistrado.”
Nakazaki cuestionó la validez de esa acusación al señalar que el testigo Juan Montenegro, padre de la enamorada del imputado, declaró expresamente que Villar no ocultó ni desapareció ninguna evidencia relacionada con los hechos. El abogado defensor sostuvo que las supuestas comunicaciones borradas son conjeturas sin respaldo en actas formales de investigación.
La fiscal también cuestionó la prueba de alcoholemia presentada por la defensa, realizada en laboratorios ROE ocho horas después del accidente fatal contra Lizeth Marzano. Roller argumentó que esa demora en la toma de la muestra resta credibilidad al examen y refuerza la sospecha de obstaculización en la investigación.
Debate sobre el peligro procesal
Nakazaki enfatizó que su cliente ha confesado los hechos desde el primer momento y está dispuesto a aceptar una sentencia en el proceso principal mediante terminación anticipada. El abogado pidió desestimar la prisión preventiva al considerar que no se acredita peligro de fuga ni obstaculización, y cuestionó la proporcionalidad de escalar desde un impedimento de salida hasta la medida extrema solicitada ahora.
“Mi patrocinado en la investigación preliminar y por extensión en la preparatoria ha confesado y sabe que en su oportunidad se le tendrá que afectar sus derechos fundamentales a través de una sentencia, no de una medida cautelar. [...] Desde el primer día hay confesión, hay pedido de inicio de determinación anticipada y hasta ahora estamos esperando se dé el trámite correspondiente”, expuso.
La fiscalía mantiene que los hechos configuran homicidio culposo agravado por infracción de normas de tránsito, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente, proyectando una pena de hasta ocho años. Roller subrayó que en los minutos críticos tras el atropello, la víctima podría haberse salvado si Villar hubiera prestado socorro inmediato en lugar de huir a alta velocidad pasando señales de tránsito.
El juez Adolfo Farfán acordó con las partes que existe fundada sospecha de los delitos imputados, dado que el propio imputado ha reconocido su responsabilidad. El debate se centró en la pena probable, el peligro procesal y la proporcionalidad de la medida, dejando la resolución definitiva para la próxima diligencia judicial.





