El Colegio de Abogados de Lima (CAL) expresó su profunda preocupación ante la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Defensor del Pueblo contra diversos artículos del Decreto Legislativo 1373, que regula la extinción de dominio.
En un reciente pronunciamiento, el CAL ha señalado que esta normativa infringe el principio de presunción de inocencia, un derecho fundamental consagrado en la Constitución peruana, así como en tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, la institución advierte sobre la vulneración del derecho de propiedad.
La ley de extinción de dominio permite al Estado incautar bienes de personas investigadas por delitos graves, incluso antes de que exista una sentencia condenatoria firme. Según el CAL, esta medida resulta desproporcionada y podría llevar a la confiscación de bienes de personas inocentes.
Una de las principales críticas al decreto legislativo es la inversión de la carga de la prueba. En el marco de esta norma, es el investigado quien debe demostrar que sus bienes fueron adquiridos de manera lícita, lo cual resulta una carga sumamente difícil de cumplir, especialmente cuando se trata de demostrar la licitud de bienes adquiridos hace varios años.
El CAL sostiene que, en materia penal, la carga de la prueba debe recaer siempre sobre la acusación, y que cualquier inversión de esta carga debe ser excepcional y estar debidamente justificada.
Ante esta situación, el Colegio de Abogados de Lima ha ofrecido su colaboración al Congreso de la República para reformar la ley de extinción de dominio y garantizar que esta se ajuste a los estándares constitucionales e internacionales.
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