Las autoridades verificarán que las personas porten su pase laboral durante los domingos. (Foto: GEC)
Las autoridades verificarán que las personas porten su pase laboral durante los domingos. (Foto: GEC)

Los ministerios del Interior y de Defensa que ya se habilitó la que permitirá a los trabajadores y profesionales obtener un pase laboral para circular durante los próximos domingos, días en que se implementarán la inmovilización social obligatoria, como una medida para frenar el rebrote del (COVID-19).

En la página web se señala que el documento solo permitirá el traslado de las personas hacia el centro de labores y que tendrá vigencia durante cuatro días. Después, se se deberá solicitar la renovación.

En la plataforma se debe consignar el país, DNI, fecha de emisión de DNI, así como seleccionar región, provincia, distrito del domicilio y del centro de labores, entre otros aspectos.

Los profesionales y trabajadores deben consignar datos personales para obtener el pase laboral. (www.gob.pe/paselaboral)
Los profesionales y trabajadores deben consignar datos personales para obtener el pase laboral. (www.gob.pe/paselaboral)

Además, los ministerios del Interior y de Defensa advirtieron que las personas que utilicen información falsa para solicitar pases serán denunciadas ante las autoridades, ya que eso constituye un delito.

Las empresas deberán otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa.

-¿Quienes podrán circular los domingos?

Por otra parte, ambos sectores dieron a conocer la relación de profesionales y trabajadores, así como los vehículos, que podrán movilizarse durante los días de inmovilización social obligatoria.

1. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

2. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

3. Servicios de telecomunicaciones.

4. Servicios funerarios.

5. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

6. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

7. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

8. Personal y vehículos de medios de comunicación.

9. Vehículos oficiales de transporte de salud.

10. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.

11. Personal de empresas de seguridad.

12. Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

Las autoridades enfatizaron que la Policía Nacional del Perú retendrá la tarjeta de propiedad y licencia de conducir e impondrá una multa de S/ 6.450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (de 10 p.m. a 4 a.m. ) y los días domingos (desde las 10 p.m. horas del sábado hasta las 4 a.m. del lunes).

Los agentes policiales impondrán multas establecidas a todas las personas que incumplan las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno.