El Juzgado de Corte de Lima Este autorizó a las empresas del sector privado la importación de vacunas contra la COVID-19 para distribución gratuita a su personal y familiares directos; así como realizar la inoculación de las dosis respetando los protocolos establecidos en medio de la pandemia del coronavirus.
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La resolución desestima la demanda en extremo de ordenar liberalización total de la importación de vacunas contra la COVID-19 para su libre comercialización, sin sujeción a requisitos sanitarios.
Asimismo, el fallo del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de La Molina y Cieneguilla, exhorta al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud y Presidencia de Consejo de Ministros, que reglamente el procedimiento que las empresas deben seguir para la importación de la referida vacuna.
En la Resolución además se insta al Poder Ejecutivo a trabajar de manera conjunta con los gobiernos regionales y locales en el proceso de vacunación a la población, a fin de procurar que durante este año se culmine con la inmunización de las personas de entre 18 y 59 años.
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No obstante, el fallo declara infundada la demanda en el extremo que se autorice a los Gobiernos Locales y Regionales la importación de vacunas contra el Covid-19.
Así, el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de La Molina y Cieneguilla, falló declarando fundada en parte la demanda de acción de amparo, interpuesta por el ciudadano Alvaro Paz de la Barra Freigeiro -alcalde del distrito de La Molina- contra la Presidencia del Consejo de Ministros; Ministerio de Salud y Congreso de la República.