La Defensoría del Pueblo emitió un pronunciamiento oficial en el que cuestiona la legalidad del cierre de la playa Agua Dulce ordenado por la Municipalidad de Chorrillos. La institución exhortó a las autoridades distritales a revocar inmediatamente esta medida y garantizar que la población pueda acceder libremente a este espacio costero.
A través de un comunicado, la entidad defensora de derechos fundamentales manifestó su rechazo a cualquier tipo de restricción que impida el ingreso de los ciudadanos a zonas que, por mandato constitucional, son de uso público y gratuito.
La entidad fundamentó su posición en la naturaleza jurídica de las playas del litoral peruano, clasificándolas como bienes de dominio y uso público. Este estatus legal impide que autoridades o particulares puedan restringir de manera arbitraria el acceso de la población a estos espacios.
El pronunciamiento citó expresamente el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, disposición que establece que estos bienes son inalienables e imprescriptibles. Esto significa que no pueden ser objeto de apropiación privada ni su destino puede ser modificado mediante actos administrativos unilaterales.
De acuerdo con esta disposición constitucional, el acceso a las playas es libre y gratuito para toda la población, sin que existan restricciones generales que limiten este derecho colectivo. La Defensoría enfatizó que este principio debe prevalecer sobre cualquier decisión municipal que pretenda cerrar o condicionar el ingreso a estos espacios.
Si bien la Defensoría reconoce que los gobiernos locales tienen competencias específicas en materia de gestión de playas, precisó que estas atribuciones no incluyen la facultad de cerrar el acceso al público. El comunicado señaló que corresponde a las municipalidades asumir responsabilidades vinculadas a la limpieza, mantenimiento y conservación de estos espacios.
La institución indicó que la gestión adecuada de la playa debe incluir acciones de limpieza y mantenimiento permanentes, como parte de las obligaciones que los gobiernos locales tienen con la ciudadanía. Según el pronunciamiento, la responsabilidad de conservar estos espacios públicos recae en las autoridades competentes, en el marco de sus funciones ordinarias.
Cierre no es solución a problemas de orden
La Defensoría cuestionó que el cierre del acceso sea utilizado como respuesta a eventuales problemas relacionados con el orden público o la falta de limpieza. Desde la perspectiva de la institución, existen alternativas más adecuadas que no vulneran el derecho constitucional de acceso a espacios públicos.
El cierre del acceso no sería, según la Defensoría, la medida adecuada para atender problemas relacionados con el orden y la limpieza. En su lugar, la entidad sugiere que las autoridades municipales implementen mecanismos de vigilancia, limpieza programada y mantenimiento preventivo que permitan mantener la playa en condiciones adecuadas sin afectar el derecho de la población.
Llamado a reconsiderar la medida
La Municipalidad de Chorrillos dispuso el cierre de la playa Agua Dulce como medida adoptada en el marco de sus competencias administrativas. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo ha considerado que esta decisión contraviene el principio constitucional de libre acceso a bienes de dominio público.
El pronunciamiento oficial exhorta a las autoridades distritales a reconsiderar la medida adoptada y asegurar el ingreso de la población a la playa Agua Dulce sin restricciones. La entidad defensora enfatizó que el respeto al marco constitucional debe primar sobre consideraciones administrativas o de gestión municipal.
La Defensoría mantiene su posición de vigilancia sobre este caso y ha advertido que continuará monitoreando que las autoridades locales cumplan con su obligación de garantizar el acceso libre y gratuito a todos los espacios costeros que, por mandato constitucional, pertenecen al uso colectivo de la ciudadanía.





