Multas para quienes no cumplan con la disposición de la Municipalidad de Lima. FOTO REFERENCIAL
Multas para quienes no cumplan con la disposición de la Municipalidad de Lima. FOTO REFERENCIAL

En el marco del 203 aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ha dispuesto el embanderamiento obligatorio en todas las viviendas, instituciones públicas, privadas, locales comerciales y demás predios del Cercado de Lima.

Esta medida, establecida en la Ordenanza 2200-MML y sus modificatorias, contempla sanciones para los propietarios de los inmuebles que no cumplan con el acto cívico.

La comuna precisó que las multas oscilan entre el 10 % de 1 UIT (S/ 515) para infracciones en el Cercado de Lima y hasta el 25 % de 1 UIT (S/ 1,287.50) para infracciones en el Centro Histórico.

La colocación de la bandera bicolor en buen estado, con escudo para entidades públicas y sin escudo para viviendas, negocios o entidades privadas, debe realizarse en la parte central superior del frontis del inmueble. De lo contrario, también se configuraría una infracción sujeta a una multa administrativa de hasta el 25 % de 1 UIT (S/ 1,287.50).

CORREO | Embanderamiento obligatorio en Lima por Fiestas Patrias

Te puede interesar


TAGS RELACIONADOS