Este martes, el 33º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del juez Adolfo Fernando Farfán, reinició la audiencia de prisión preventiva contra Adrián Alonso Villar Chirinos, investigado por los presuntos delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente en agravio de la deportista Lizeth Katherine Marzano Noguera. El imputado permanece bajo custodia policial en la División de Investigación y Prevención de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional, en La Victoria, tras haber vencido su detención preliminar.
Durante la audiencia, el abogado defensor César Nakazaki tomó la palabra para presentar los argumentos que sustentan su pedido de desestimar la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía. Su postura central gira en torno a que, si bien su cliente reconoce su culpabilidad, la privación de libertad debe ser consecuencia de una sentencia condenatoria y no de una medida cautelar.

Nakazaki fue claro al señalar que Adrián Villar no niega su responsabilidad en los hechos que derivaron en la muerte de la deportista. El abogado defensor subrayó que el joven de 21 años entiende y acepta que en su momento deberá afrontar las consecuencias legales, pero que ese proceso debe darse dentro de los cauces de un debido proceso.
“Ha confesado (Adrián Villar) y sabe que en su oportunidad se le tendrá que afectar sus derechos fundamentales a través de una sentencia, no de una medida cautelar”, sostuvo Nakazaki ante el juez Farfán.
Uno de los ejes centrales del argumento de la defensa fue cuestionar la pena probable calculada por la Fiscalía, que supera los cinco años exigidos por ley para dictar prisión preventiva.
El abogado explicó que el artículo 111 del Código Penal contempla dos modalidades agravadas como la muerte causada con vehículo motorizado bajo efectos de drogas o alcohol, y la muerte derivada de la inobservancia de reglas de tránsito. Nakazaki argumentó que en la imputación formal no se atribuye a Villar haber conducido bajo los efectos de sustancias, por lo que esa agravante no podría aplicarse al caso.
Fiscalía proyecta hasta ocho años de condena para Villar
El fiscal Henry Zavaleta expuso ante el juzgado su análisis sobre la calificación de los delitos atribuidos a Adrián Villar y las consecuencias penales que se desprenden de ellos. Según su planteamiento, la suma de los delitos en concurso real e ideal proyecta una pena de hasta ocho años de privación de libertad, cifra que supera con holgura el mínimo legal de cinco años requerido para solicitar la prisión preventiva.
El representante del Ministerio Público detalló el comportamiento del imputado inmediatamente después del atropello, subrayando que no se detuvo a prestar auxilio a la víctima y abandonó el lugar a alta velocidad, sin respetar las señales del tránsito. Las imágenes captadas por cámaras de videovigilancia, incorporadas al expediente, muestran que Villar regresó a su domicilio, se cambió de ropa y salió posteriormente en un vehículo diferente, lo que para la Fiscalía evidencia una maniobra deliberada para eludir su identificación dentro del plazo de flagrancia.
El fiscal también alertó sobre un riesgo concreto de obstaculización en la investigación, vinculado al entorno familiar del imputado. Zavaleta sostuvo que la intervención de ese círculo cercano no solo dificultó que Villar se pusiera a disposición de las autoridades, sino que además ocasionó la pérdida de diligencias urgentes e irreemplazables, entre ellas la toma del dosaje etílico




