A fin de construir las bases para una ciudad más sostenible, la Municipalidad de Lima, por medio del Consejo Metropolitano, aprobó la ordenanza que promueve la disminución progresiva del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables de poliestireno (tecnopor) para la venta de alimentos y bebidas en la provincia de Lima.
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Esta ordenanza se da de acuerdo a lo establecido en la Ley que Regula el Plástico de Un Solo Uso y los Recipientes o Envases Descartables (30884) y su reglamento.
Entre los objetos que serán regulados se encuentran las bolsas de plástico diseñadas o utilizadas para llevar o cargar bienes; bolsas o envolturas de plástico en publicidad impresa, como diarios, revistas u otros formatos de prensa escrita; en recibos de cobro de servicios (públicos o privados); sorbetes de plástico u otras denominaciones similares; recipientes, envases y vasos de tecnopor, vajillas y otros utensilios de mesa, de plástico, para alimentos y bebidas de consumo humano, que no sean reciclables.
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Así, a partir del 21 de diciembre del 2021, se exigirá y fiscalizará si se entregan bolsas plásticas que no sean reutilizables y aquellas cuya degradación genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas y no aseguren su valorización; la distribución, comercialización y entrega de recipientes o envases de tecnopor conforme lo señala la única disposición complementaria transitoria del proyecto de ordenanza (artículo 3, numeral 3.3 de la Ley 30884).
La ordenanza es de cumplimiento obligatorio y deberá ser aplicada por todos los órganos, empresas municipales y organismos descentralizados de la comuna limeña, así como municipios distritales y personas naturales o jurídicas (sean extranjeras o nacionales) dentro de la jurisdicción.