Una sentencia ordena a la Municipalidad de Lima cancelar de forma definitiva cualquier permiso para calesas con tracción animal. (Foto: Wikipedia).
Una sentencia ordena a la Municipalidad de Lima cancelar de forma definitiva cualquier permiso para calesas con tracción animal. (Foto: Wikipedia).

El Poder Judicial dispuso que la Municipalidad Metropolitana de Lima deje de autorizar el uso de caballos en carruajes turísticos que operan en el Centro Histórico de la capital.

La medida fue adoptada por el Primer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró fundada una demanda de amparo presentada por Sonia Córdova Araujo, presidenta del Instituto Peruano de Asesoría Legal del Medio Ambiente y Biodiversidad, interpuesta en mayo del 2022.

Según informó El Comercio, en la parte resolutiva la jueza Sara Milka Meza Soria ordenó “el cese inmediato y la cancelación definitiva de cualquier tipo de autorización, licencia o permiso que permita el uso de caballos en el servicio de paseo turístico en calesas en la Plaza Mayor del Centro del Histórico de Lima”, al considerar que se trata de una práctica incompatible con la protección y bienestar animal y que afecta derechos reconocidos en la Constitución.

La magistrada sostuvo que los caballos deben ser tratados como seres sintientes y que el estándar de protección debe ser preventivo.

Durante el proceso, la Municipalidad de Lima argumentó que cuenta con ordenanzas orientadas a la protección animal, como la N.°1855, publicada el 28 de septiembre de 2014, y su posterior modificación mediante la N.°2275. Además, señaló que los caballos utilizados en el servicio estaban “en buen estado físico”, que existía rotación por turnos y que, a su criterio, “no existe maltrato animal”.

No obstante, la sentencia advierte que las inspecciones sanitarias fueron limitadas y que los animales estaban expuestos a condiciones que podrían generar lesiones, como el desplazamiento continuo sobre pavimento y la exposición a sol intenso.

También se citan precedentes internacionales donde se prohibieron calesas con caballos y se recuerda que el Tribunal Constitucional “ha venido construyendo desde hace años una doctrina sólida sobre la protección de los animales como deber constitucional”, así como lo dispuesto en la Ley N.°30407 sobre protección y bienestar animal.

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