Publicada en El Peruano, la medida busca frenar la delincuencia y establece una multa de 1 UIT (S/ 5,150) y el internamiento del vehículo para quienes infrinjan la norma.
Publicada en El Peruano, la medida busca frenar la delincuencia y establece una multa de 1 UIT (S/ 5,150) y el internamiento del vehículo para quienes infrinjan la norma.

La Municipalidad de Puente Piedra aprobó una ordenanza que prohíbe la circulación de motos lineales con dos ocupantes mientras dure el estado de emergencia.

Publicada en El Peruano, la medida busca frenar la delincuencia y establece una multa de 1 UIT (S/ 5,150) y el internamiento del vehículo para quienes infrinjan la norma.

“Que, mediante el Informe N° 0052-2024/MDPP-GSC, de fecha 11 de octubre de 2024, la Gerencia de Seguridad Ciudadana señala que, ante la disposición del Estado de Emergencia, no se advierten acciones que reduzcan la inseguridad que se vive en el Perú, así como, en el distrito de Puente Piedra”, indica la disposición municipal.

La decisión responde a la falta de acciones efectivas para reducir la inseguridad en el distrito, decretada por el gobierno el pasado 27 de septiembre.

“Es así que, en concordancia con la autonomía institucional, reconocida en la Constitución Política del Perú, complementada con los artículos que desglosa la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; al ser un ente autónomo de competencia decisoria para asuntos de su competencia, y con la finalidad de salvaguardar la vida, integridad física y la tranquilidad pública, resulta necesario regular restricciones para el uso de las motos lineales en el distrito de Puente Piedra”, agrega.

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