Cisterna (Imagen: Correo)
Cisterna (Imagen: Correo)

Tras la combustión de una fuga de gas licuado de petróleo (GLP) ocurrida en y que hasta ahora deja más de 8 fallecidos, hay más de una sospecha sobre la idoneidad del vehículo responsable del hecho.

El protagonista de la tragedia entre las avenidas Pastor Sevilla y Villa del Mar del último jueves, es un tanque con una antigüedad de 44 años, según pudo confirmar Correo.

Permisos

Para que la cisterna de placa A2X-847 -que también presentó una fuga de gas en 2018- disponga de la autorización para circular y transportar GLP era necesaria la presentación de una declaración jurada, con la constancia del cumplimiento de una serie de requisitos.

Según la ficha de registro de la empresa TransGas L.G. E.I.R.L., emitida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (), el tanque con número de serie 608511 fue fabricado el año 1976.

La fecha de emisión del certificado es 2 de setiembre de 2019.

Revisión

Isaac Segovia, vocero técnico de la Sociedad Peruana de Gas Licuado (SPGL), destaca que uno de los requisitos para la circulación del camión cisterna es la información del tanque, dato que debe ser refrendado por un organismo.

“Debe certificarse que el tanque ha sido sometido a todos los procedimientos, que se fabricó de acuerdo a todas las exigencias”, sostuvo.

En diálogo con Correo, explica que los tanques deben pasar por pruebas nuevas cada diez años, desde el momento de su fabricación.

“Para ver si aún conservan las condiciones”, sostuvo.

En ese sentido, Segovia opina que si se llegó a emitir un certificado es porque se hizo una verificación de seguridad.

“Me imagino que han hecho una supervisión visual, pruebas en el campo y que el tanque está en condiciones de operar”, agregó.

El vocero técnico de la SPGL destaca que el tanque puede sufrir afectaciones con el paso de los años porque el grosor del acero puede ir disminuyendo.

Sin embargo, precisó que la vida útil de un recipiente (tanque) no se mide en función de su antigüedad.

El organismo encargado de emitir el certificado de inspección fue Marine Consultants S.A.C.

Este medio buscó la versión de la compañía para confirmar que el tanque cumplió con los requisitos de revisión, sin embargo, desde el área de relaciones públicas indicaron “que no estaban autorizados” para hablar sobre el tema.

Entre tanto el Instituto Nacional de la Calidad (Inacal) ratificó que la fecha a la que se refiere corresponde a la fabricación del recipiente a presión (tanque). “Estos pueden utilizarse mientras pasen las inspecciones correspondientes, basada en la Norma API 510”, señalaron.

Además, aclararon que “la inspección del vehículo no corresponde al Inacal” y que “este tipo de recipientes están hechos para transportar solo GLP”.

Propuesta

En ese contexto, ante la facilidad con la que los vehículos obtienen autorizaciones para circular por el país, Pedro Gamio, exviceministro de Energía y Minas, explica que el 21 de marzo de 2019 se cambió el procedimiento operativo de otorgamiento de licencias.

“Significa que estas cisternas para distribución de líquidos se hacen por declaración jurada. Es aplicación de un Decreto Supremo, que ha sido desarrollado y ejecutado por una norma del Osinergmin, del Consejo Directivo”, dijo.

Según Gamio, se han disminuido la cantidad de acciones de supervisión de operativos para comprobar las declaraciones juradas.

“Hay condiciones de seguridad que se deben cumplir y nadie puede transportar GLP si no tiene permiso”, resaltó.

Para el exviceministro, la declaración jurada apareció en el intento de buscar mecanismos de simplificación de algunos trámites y el Estado se reserva la potestad de fiscalizar.

“Te dan la autorización y el Estado en cualquier momento puede supervisar, pero lo mejor es eliminar esa figura”, manifestó.