Establecen cuota de captura de pulpo en la zona norte del país
Establecen cuota de captura de pulpo en la zona norte del país

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) estableció la cuota máxima de captura permisible del recurso pulpo (Octopus mimus), para el año 2024, en 740 toneladas para la actividad extractiva autorizada en el ámbito marítimo adyacente a los departamentos de Piura y Lambayeque y de las Islas Lobos de Afuera y Lobos de Tierra.

A través de la Resolución Ministerial Nº 000250-2024-PRODUCE, publicada en El Peruano, se estableció que la cuota máxima de captura permisible puede ser modificada en función a la evolución de factores biológicos, pesqueros, ambientales o por disponibilidad del recurso, previo informe del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).

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Se debe señalar que la actividad extractiva la realizarán las embarcaciones pesqueras artesanales con compresora de aire con permiso de pesca vigente y pescadores artesanales no embarcados con permiso de pesca vigente.

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Asimismo, la extracción de los ejemplares del recurso pulpo debe realizarse respetando el peso mínimo de captura de 1.0 kilogramo establecido mediante Resolución Ministerial Nº 209-2001-PE.

PRODUCE concluye la actividad extractiva cuando se alcance o se estime alcanzar la cuota máxima de captura permisible, cuando el IMARPE lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas o, en su defecto, las actividades extractivas concluirán el 31 de diciembre de 2024.