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Tacna: familia de fallecido en choque denuncia ante Inspectoría a policía

Los familiares cuestionan que el agente continúe laborando pese a que, según la denuncia, conducía una motocicleta sin licencia ni SOAT vigente cuando ocurrió el accidente que dejó un fallecido.
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El 1 de enero del 2025 se dio la colisión entre las dos motocicletas. (Foto: Difusión)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 31/08/2026, 11:56 a.m.
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La familia de René Yupanqui Yupanqui (63), quien murió tras la colisión de dos motocicletas en la carretera Costanera de Tacna, presentó una queja ante la Oficina de Disciplina de Inspectoría de la Policía Nacional del Perú (PNP) contra el efectivo involucrado en el accidente.

El siniestro ocurrió el 1 de enero de 2025, a la altura del kilómetro 27 de la carretera Costanera, en jurisdicción del distrito La Yarada Los Palos. Yupanqui conducía una motocicleta cuando colisionó con otro vehículo menor manejado por el policía Raúl Cruz Hualpa, quien tenía 25 años al momento del hecho.

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Accidente ocurrió el primer día de 2025

De acuerdo con el reporte policial difundido tras el accidente, en la colisión participaron una motocicleta Shalom de placa 2264-GZ, conducida por el agente, y una motocicleta Marva de color rojo sin placa, manejada por René Yupanqui.

El adulto mayor falleció minutos después del impacto. Reportes periodísticos de la fecha señalaron que el policía también resultó herido y fue trasladado para recibir atención médica.

Según la información presentada posteriormente por los familiares, el efectivo no contaba con licencia de conducir y la motocicleta que manejaba carecía de SOAT vigente. Estos aspectos forman parte de los cuestionamientos planteados ante Inspectoría.

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Familia presentó queja ante Inspectoría PNP

El pasado 24 de agosto de 2026, Gladys Yupanqui Yupanqui, en representación de la sucesión intestada de René Yupanqui, presentó una queja ante la Oficina de Disciplina de Inspectoría PNP Tacna.

En el documento solicita que se investiguen las presuntas responsabilidades administrativo-disciplinarias derivadas de la actuación del efectivo al momento del accidente.

La familia sostiene que conducir un vehículo en una vía pública sin cumplir con las exigencias establecidas por la normativa de tránsito adquiere especial relevancia cuando se trata de un miembro en actividad de la Policía Nacional.

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Cuestionan que agente continúe trabajando

Los familiares también cuestionan que el efectivo continúe prestando servicios en la comisaría Alto de la Alianza y aseguran que, hasta la presentación de la queja, no tenían conocimiento de una sanción disciplinaria vinculada al caso.

Asimismo, denunciaron un presunto retraso en la actuación de los órganos disciplinarios de la PNP, extremo que deberá ser evaluado por Inspectoría.

No existe, hasta el momento, una resolución administrativa firme que permita afirmar que funcionarios de Inspectoría hayan incurrido en encubrimiento, por lo que esa acusación debe mantenerse como una afirmación de los denunciantes.

Proceso disciplinario es independiente del juicio penal

La Ley N.º 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece que la responsabilidad administrativa es autónoma respecto de los procesos judiciales civiles, penales u otros.

Esto implica que una investigación disciplinaria puede tramitarse de manera independiente del proceso penal relacionado con el accidente, respetando en ambos casos el debido procedimiento y el derecho de defensa.

La norma busca determinar si un integrante de la PNP incurrió en alguna infracción administrativa durante el ejercicio de sus funciones o en conductas que comprometan los bienes jurídicos protegidos por el régimen disciplinario.

Juicio oral fue programado en Tacna

En paralelo a la queja administrativa, el caso avanzó en el ámbito penal.

De acuerdo con información difundida este 31 de agosto, el Segundo Juzgado Unipersonal de Tacna programó para el 26 de agosto de 2026 el inicio del juicio oral relacionado con el accidente.

Será el órgano jurisdiccional el encargado de determinar, sobre la base de las pruebas presentadas en el proceso, si existe responsabilidad penal por la muerte de René Yupanqui.

La situación administrativa del policía, en tanto, deberá ser determinada por los órganos disciplinarios de la PNP.

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