Según el artículo 81° de la Ley General de Educación “El Consejo Nacional de Educación (CNE) es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación. Maneja su presupuesto. Tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil. Opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana. Está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad…”.
El CNE, en más de 20 años de existencia ha observado, concordando o discrepando, con las políticas educativas del Ejecutivo y del Legislativo. Ha formulado el “Proyecto Educativo Nacional al 2021” y el “Proyecto Educativo Nacional al 2036”. Igualmente, acompañó la formulación de los “Proyectos Educativos Regionales” en las regiones que ya los aprobaron, tratando de mantener sus propósitos, de obligatorio cumplimiento: formar ciudadanos plenos, saludables con bienestar socioemocional, equitativos e inclusivos, así como prósperos y productivos en una ruta de desarrollo sostenido.
Merece especial mención su defensa de la carrera pública magisterial con evaluaciones. Igualmente, la movilización a nivel nacional que ha desarrollado durante los años 2025 y 2026 para proponer a los partidos políticos el documento “Elementos para el Plan de Desarrollo de la Educación Peruana”.




