El reciente fallecimiento de la Jueza estadounidense Ruth Bader Ginsburg, y la propuesta presidencial de Amy Coney Barret para su reemplazo, permite referirnos sobre algunos rasgos de la Corte Suprema. Si bien a los jueces no les corresponde intervenir o pronunciarse en cuestiones políticas, son el fundamento de la institucionalidad democrática.

La judicatura, antes que la Presidencia federal y el Congreso, es la garantía del Rule of Law o Imperio del Derecho, que no es otra cosa que la seguridad para toda la ciudadanía de ser juzgada por un mismo juez y un mismo derecho para todos por igual. Por eso, la frase en lo alto del frontis oeste que da vista al Congreso tiene escrito Equal Justice Under Law (Igualdad de Justicia ante el Derecho) y en la fachada trasera (del lado este) se lee: Justice, the Guardian of Liberty (Justicia, Guardiana de la Libertad).

Un rasgo que distingue a los países democráticos y más desarrollados se aprecia desde la salud de su judicatura, gracias a la independencia e inmovilidad para el ejercicio del cargo. En la actualidad son nueve los magistrados que componen la Corte.

El Presidente estadounidense preselecciona los candidatos. La American Bar Association evalúa su trayectoria personal y profesional, la cual es importante pero no vinculante para el Presidente Federal ni al Senado que le corresponde su ratificación para un mandato vitalicio; sobre sus miembros suele decirse con ironía que “rara vez dimiten y nunca mueren”.

El mandato vitalicio promueve la longevidad de sus precedentes, a la vez que la predictibilidad de sus decisiones en el tiempo. La revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes, judicial review, así como los structural remedies, conocidos en Iberoamérica como la declaración del estado de cosas inconstitucional, son dos de sus muchos aportes al constitucionalism