El núcleo de las libertades comunicativas reside en la información veraz. La protección judicial amparada por el derecho constitucional no abarca el engaño ni la mentira; de hecho, la administración de justicia sanciona cualquier injuria o difamación que afecte la imagen y el honor de las personas mediante afirmaciones falsas, inexactas o malintencionadas, cuyo propósito sea causar daño y desinformar a los ciudadanos. De acuerdo con reiterada jurisprudencia, el Tribunal Constitucional Peruano sostiene que la veracidad garantiza que la información transmitida al público sea precisa y confiable; además, enfatiza que los medios de comunicación y los periodistas tienen el deber de corroborar la exactitud de la información antes de su publicación.

Consecuentemente, la información veraz establece un marco adecuado para el funcionamiento de una sociedad democrática, permitiendo a los ciudadanos tomar decisiones informadas y participar activamente en la vida pública. La reciente anulación de procesos judiciales carentes de pruebas, sumada a la orden del máximo intérprete constitucional para revelar el contenido de un fallido acuerdo secreto de colaboración, socava el “castillo de naipes” construido para encubrir actos de corrupción. La verdad, poco a poco, se abre camino en la polémica destitución de fiscales supremos que resultaban incómodos. Este escenario nos recuerda la sabiduría popular encapsulada en el refrán “la mentira tiene patas cortas”, que resalta la importancia de la honestidad y la transparencia, destacando que las mentiras tienen una vida fugaz y, finalmente, serán descubiertas por su incapacidad para alcanzar la verdad.