La inclusión de invitados en las listas al Congreso funciona como una estrategia de visibilidad electoral. Similar al “efecto arrastre” presidencial, la presencia de figuras mediáticas —deportistas, profesionales reconocidos o famosos— busca anclar el voto ciudadano; el elector, atraído por el rostro conocido, termina marcando el resto de la lista. Se genera así un segundo efecto arrastre hacia el Legislativo.
Los invitados son una figura inusual en el derecho comparado. En el Perú, la práctica ha llegado a extremos como la convocatoria mediante avisos publicitarios, desnaturalizando la política al convertir la representación en una oferta de empleo disponible al mejor postor, sin filtros ideológicos previos, se prioriza el marketing sobre la convicción.
Si bien la política es una actividad abierta a todo ciudadano, la calidad de invitado suele nacer de un pragmatismo transaccional: “me necesitas porque soy conocido”. El problema de fondo no es la participación, sino el riesgo de infidelidad partidaria. Al carecer de convicción ideológica y disciplina orgánica, el invitado puede poner en jaque la cohesión del partido, convirtiéndose en un factor de inestabilidad para el sistema de representación.
El problema de fondo radica en la falta de lealtad, pues, al no existir una formación en los cuadros del partido ni compromiso con su programa, el invitado carece de disciplina orgánica. Esta infidelidad partidaria no solo vulnera la confianza del elector, sino que fomenta el transfuguismo, pudiendo convertir al invitado en un factor de inestabilidad que debilita la cohesión de las bancadas y la institucionalidad de los partidos políticos.




