La democracia es un elemento fundamental para la defensa de los derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su opinión consultiva N° 8, considera que una “sociedad democrática” está compuesta por una triada: “los derechos y libertades inherentes a la persona, sus garantías, y el Estado de derecho”.
Los derechos y libertades de Alberto Fujimori están reconocidos por una sentencia firme emitida por el Tribunal Constitucional, cuya ejecución se ha dispuesto, estableciendo la libertad del beneficiado con indulto humanitario. Dentro de un Estado de Derecho no se puede confundir las circunstancias que rodearon dicha gracia presidencial con la validez constitucional de la misma.
No es desconocer la Convención Americana, el problema radica en la interpretación ideologizada que la Corte da a algunas normas convencionales, mediante fallos y opiniones consultivas a veces disimiles.
La celeridad en proteger a los exmiembros del Tribunal Constitucional Eloy Espinosa, Marianela Ledesma, Carlos Ramos y José Miranda Canales es reveladora; aun cuando el caso de la Fiscal Suprema Patricia Benavides, suspendida por la JNJ, es diferente, es un reto jurídico para la defensa de dicha magistrada invocar los derechos que le asisten ante la CIDH y conseguir su tutela con la celeridad que dicha tremenda Corte evidencia en ciertos casos.
Se archiva denuncia contra Zoraida Avalos, se permite salir del país a Susana Villarán, se suspende a la fiscal de la Nación, etc. El derecho y la Constitución parecen haber devenido en instrumentos de los objetivos de la maquinaria caviar enquistada en PJ, MP, JNJ. Sin duda, han perdido la vergüenza y muchos la dignidad para combatirlos.