FOTO REFERENCIAL (GEC/Mario Zapata)
FOTO REFERENCIAL (GEC/Mario Zapata)

Siete días calendario a partir de hoy. Ese el plazo que el Poder Ejecutivo le dio a los colegios particulares para comunicar a sus usuarios cuál era su estructura de costos antes del COVID-19 y cómo se modificó, o cuánto se redujo, con la llegada de la epidemia.

El Ejecutivo promulgó ayer el Decreto Legislativo N° 1476, que establece medidas para garantizar la transparencia, protección y continuidad del servicio educativo no presencial en las instituciones educativas privadas del país.

Este dispone que las escuelas particulares deben remitir a los padres de familia -vía correo electrónico u otros medios- una relación de los gastos que efectúan de acuerdo con un cuadro incluido en la norma (ver infografía).

El dispositivo, asimismo, otorga el mismo plazo a estos colegios para que informen a sus usuarios si plantearán o no una propuesta para reducir las pensiones.

Agrega que los padres pueden retirar a sus hijos del colegio en cuestión si están disconformes con lo que tienen que pagar; en cuyo caso la institución deberá devolver las cuotas de matrícula e ingreso, así como las pensiones canceladas (por adelantado) que correspondan a meses en los que no se dictaron clases presenciales o a distancia.

Si, en cambio, los usuarios se inclinan por mantenerse, pero no están conformes con los contratos, tienen abierta la posibilidad de acudir a la vía administrativa o judicial.

DEMANDA. A su turno, el presidente de la República, Martín Vizcarra, enfatizó que los colegios privados tienen la obligación de sincerar sus gastos y rebajar sus pensiones de acuerdo con las prestaciones que brindan.

“Es claro que en el corto y mediano plazo las clases no serán presenciales (...). En un análisis simple, se concluye que este servicio genera menos costos”, remarcó.

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