Referencial. (Foto: @helpinRIVcoPETS/Twitter)
Referencial. (Foto: @helpinRIVcoPETS/Twitter)

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen que modifica el artículo 206-A del Código Penal para endurecer las sanciones por actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres.

La iniciativa establece penas de hasta ocho años de prisión para quienes provoquen la muerte de un animal como consecuencia de maltrato o abandono.

La propuesta recibió 91 votos a favor y fue exonerada de segunda votación, quedando lista para continuar con el trámite correspondiente.

Durante la sustentación del proyecto, el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Flavio Cruz, explicó que quienes cometan actos de crueldad o abandono podrán recibir hasta tres años de cárcel, además de multas e inhabilitación.

El texto incorpora agravantes cuando el maltrato cause la pérdida o inutilidad de órganos o extremidades del animal, o cuando se utilicen armas, fuego, veneno u otros métodos que incrementen el sufrimiento. También contempla sanciones más severas en casos de ensañamiento, sadismo, brutalidad extrema o actos de naturaleza sexual contra animales.

Asimismo, la norma agrava las penas si el delito es cometido por dos o más personas, si el acto es grabado o difundido en plataformas digitales, o si el responsable tiene una relación directa de cuidado o custodia del animal. Entre ellos figuran médicos veterinarios, entrenadores, paseadores, miembros de las Fuerzas Armadas, policías, serenos y funcionarios públicos.

El dictamen establece que, si el animal muere producto de los actos de crueldad o abandono, la pena será no menor de seis ni mayor de ocho años de prisión, además de multas e inhabilitación. La iniciativa busca cerrar vacíos legales y fortalecer la protección animal, al considerar que este tipo de violencia también puede estar vinculada a otras formas de agresión social y familiar.

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