El ministro de Salud, Jorge López, anunció hoy, jueves 22 de septiembre, que el uso de mascarillas ya no será obligatorio salvo en hospitales, en el transporte público y para aquellas personas que presenten síntomas de contagio de COVID-19 o de otra enfermedad respiratoria. No obstante, quedó pendiente un fecha exacta respecto a cuándo rige esta nueva disposición del gobierno en medio de la pandemia.
“Se ha hecho cambios en la reglamentación. Ahora el uso de las mascarillas solo será obligatorio en los vehículos, hospitales y para toda persona que tenga orden clínica o proceso respiratorio”, señaló el titular del sector Salud en conferencia realizada hoy en el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en Jesús María.
Explicó que otras de las razones por las cuales se adopta esta disposición es porque en el Perú ya se han alcanzado “niveles óptimos” de vacunación contra el coronavirus.
En otro momento, López Peña estimó que en dos semanas se estaría anunciando el fin de la cuarta ola del COVID-19 en el Perú, teniendo el cuenta el descenso de los casos de contagios en las últimas semanas.
Dijo que el Perú está evaluando la posibilidad de incluir en el esquema anual de vacunación a las nuevas vacunas contra el COVID-19 que se vienen produciendo en el extranjero.
Luego de darse a conocer que las nuevas medidas sobre el uso de mascarillas, con excepciones, el Minsa compartió una publicación en la que explica que la medida será opcional aplica en:
- Espacios abiertos.
- Espacios cerrados con ventilación.
- Instituciones educativas para estudiantes y docentes.
Mientras continuará siendo obligatoria en:
- Establecimientos de salud.
- Vehículo de transporte terrestre de vehículos.
- Espacios cerrados sin ventilación.
- Personas con enfermedades respiratorias, tanto en espacios abiertos como cerrados.
¿Desde cuándo rige?
Al respecto, el ministro López -durante la conferencia de prensa- precisó que la medida entrará en vigencia al día siguiente de publicada la norma en el diario oficial El Peruano. Explicó que, previamente tendrá que ser refrendada en el Consejo de Ministros, una vez que los ministros retornen de Estado Unidos tras asistir a una reunión en la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Agregó que, este anuncio deberá estar siendo oficializado a partir del 23 de setiembre. “Debe salir el día de mañana porque teníamos que esperar a que se complete la firma (en el Decreto Supremo) de los ministros que están en el exterior”, comentó.
No obstante, luego de este evento, el Ministerio de Salud, a través de su cuenta oficial de Twitter, respondió a un usuario la misma consulta sobre la fecha que esta disposición entraría en vigencia.
“Las medidas entrarán en vigencia el 1 de octubre”, respondió la cuenta del sector Salud en la citada red social.
Como se conoce, hasta el 30 de setiembre fue ampliado el estado de emergencia por la COVID-19 en el Perú, según el Decreto Supremo 108-2022-PCM, publicado este domingo en el diario El Peruano.
Por lo que se espera, que días previos se publicará una nueva norma donde ya dispongan la aplicación de las nuevas medidas en medio de la pandemia por el coronavirus.
El ministro de Salud añadió que otra de las medidas que estarán incluidas en dicha norma es la obligación de presentar el carnet de vacunación solo a los pasajeros que ingresen al Perú desde el extranjero y a los usuarios del transporte interprovincial.