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Defensoría del Pueblo alerta sobre exposición de datos personales en padrón electoral del Reniec

El organismo defensor advirtió que el portal del Reniec muestra direcciones, huellas y fotografías de ciudadanos, lo cual vulneraría la Ley de Protección de Datos Personales.
El organismo defensor advirtió que el portal del Reniec muestra direcciones, huellas y fotografías de ciudadanos, lo cual vulneraría la Ley de Protección de Datos Personales. (Foto: El Peruano)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 29/10/2025, 12:42 p.m.

La Defensoría del Pueblo manifestó su profunda preocupación ante la reciente habilitación de la plataforma virtual del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), que permite la consulta pública del padrón inicial de ciudadanos hábiles para las Elecciones Generales 2026.

Según advirtió la institución, el sistema del RENIEC muestra información personal sensible, incluyendo direcciones domiciliarias, huellas dactilares y fotografías de identificación, lo que vulneraría la Ley N.º 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que garantiza la reserva y seguridad de este tipo de información.

Riesgos para la seguridad ciudadana

La Defensoría recordó que la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.º 26859) permite la publicación de información con fines de veeduría ciudadana; sin embargo, el artículo 203°, modificado por la Ley N.º 32264 en marzo de 2025, incorporó la inclusión de datos domiciliarios y dactilares, lo que —según el organismo— resulta contrario al principio de protección de datos personales, especialmente en el actual contexto de inseguridad y criminalidad organizada.

Asimismo, recordó que, a solicitud del propio RENIEC, la Dirección General de Transparencia y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia ya había determinado que, si bien el padrón electoral es de carácter público, deben mantenerse restringidos los datos de domicilio y huella dactilar.

Exhortación al RENIEC y al JNE

Ante esta situación, la Defensoría exhortó al RENIEC a implementar de manera urgente mecanismos de protección y restricción de acceso, limitando la visualización de domicilios y otros datos personales en la plataforma.

“El derecho a la protección de datos personales, reconocido en el artículo 2 inciso 6 de la Constitución, debe ser garantizado en todo momento”, subrayó la entidad.

De igual modo, pidió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) —como ente rector del sistema electoral— fiscalizar las acciones de los organismos electorales para evitar la exposición de información sensible que pueda ser utilizada en actos delictivos o de extorsión.

Finalmente, la Defensoría instó a ambas instituciones a coordinar medidas inmediatas que garanticen la seguridad y confidencialidad de los datos ciudadanos, precisando que la protección de la información personal “no es un obstáculo, sino una condición esencial para elecciones libres, seguras y confiables”.

Preguntas frecuentes

¿Qué denunció la Defensoría del Pueblo?

Que el padrón electoral del RENIEC expone datos personales sensibles como direcciones y huellas.

¿Qué leyes se vulnerarían?

La Ley de Protección de Datos Personales (Ley N.º 29733) y el principio constitucional de confidencialidad.

¿Por qué es grave esta situación?

Porque expone a la ciudadanía a riesgos de seguridad y uso indebido de información personal.

¿Qué pide la Defensoría al RENIEC?

Que implemente mecanismos de restricción y protección de datos en su plataforma.

¿Qué rol debe cumplir el JNE?

Supervisar que los órganos electorales cumplan con la protección de datos en el proceso electoral.

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