El 75% de los casos de cáncer en el Perú son diagnosticados en etapas avanzadas, principalmente en Lima. Los tipos más frecuentes son de mama y cuello uterino. (Foto: iStock)
El 75% de los casos de cáncer en el Perú son diagnosticados en etapas avanzadas, principalmente en Lima. Los tipos más frecuentes son de mama y cuello uterino. (Foto: iStock)

La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha registrado un total de 20 millones de nuevos casos de cáncer y 10 millones de muertes relacionadas con esta enfermedad. En el caso de Perú, se estima que la incidencia de cáncer es de 150 casos por cada 100,000 habitantes, y lamentablemente el 75% de los casos se diagnostican en etapas avanzadas, especialmente en la ciudad de Lima.

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“El cáncer de mama es uno de los tipos más comunes de cáncer en mujeres peruanas, con más de 6,000 casos nuevos diagnosticados cada año, sin embargo, se sabe que el 90% de los casos tiene alta posibilidad de tratarse a tiempo si se detecta en etapas tempranas, lo que mejora significativamente el pronóstico y la calidad de vida de las pacientes. Por ello, es fundamental centrarse en la prevención y detección temprana del cáncer”, comentó Gabriela Calderón, cirujano oncológico y Presidente de la Sociedad Peruana de Mastología.

LEYES

Afortunadamente, en el país se han implementado diversas leyes para ayudar en esta lucha contra la enfermedad, una de ellas es la Ley 31479 que establece que los trabajadores tienen derecho a una licencia anual compensable de hasta dos días hábiles consecutivos o no para realizarse exámenes preventivos oncológicos. Además, la Ley 31561 explica que las trabajadoras de los sectores público y privado tienen derecho a un día al año de licencia remunerada para la realización de exámenes de cáncer de mama y cuello uterino.

El primer paso es coordinar la fecha y hora con el empleador o autoridad superior del centro laboral. Luego, debes presentar la orden médica que indique los exámenes a realizar y, posteriormente, los documentos que acrediten dicha atención. En ambos casos, la licencia será compensable con horas de trabajo acordadas con el empleador.

Otra iniciativa que favorece el acompañamiento de los pacientes pediátricos durante su tratamiento para el cáncer es la Ley 31041. Esta norma establece que, si el trabajador tiene un hijo menor de 18 años con diagnóstico de cáncer, tiene derecho a una licencia excepcional y remunerada de hasta un año. Durante los primeros 21 días, el empleador cubre los costos de la licencia, y después de ese período, la licencia es financiada por EsSalud.

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