Sucamec, armas de fuego.
Sucamec, armas de fuego.

La Sucamec invocó a las personas naturales y jurídicas, que tengan armas de fuego, sin registro de esta entidad, no cuenten con tarjeta de propiedad o que la licencia de uso y porte se encuentren vencidas, a acogerse a los beneficios de la Ley N°31694.

Sobre el tema, el vocero de la Sucamec, Manuel Sigüeñas, informó que se estima que 70 mil armas de fuego, que se encuentran en situación irregular en hogares peruanos, serán regularizadas en virtud a dicha norma.

En esa línea, animó a los ciudadanos a acogerse a esta normativa, adjuntando a su expediente, todos los documentos que acrediten la propiedad del arma que deseen internar de manera temporal y; en caso de no contar con documentación, tendrán que presentar una manifestación escrita, es decir una Declaración Jurada.

Pagos vía Banco de la Nación y Págalo.pe

Asimismo informó que, quienes deseen aprovechar esta oportunidad para regularizar y conservar sus armas y/o municiones, deberán realizar pagos por cada arma a empadronar en la Sucamec, acercándose al Banco de la Nación o a través de Págalo.pe de dicha entidad financiera.

Es así, que el ciudadano (a) deberá realizar un pago de S/ 83.40 por arma larga y S/ 61.00 por arma corta, que desee depositar de manera temporal, en cualquiera de las 13 sedes de la Sucamec a nivel nacional.

Tras efectuarse dicho desembolso, la persona interesada deberá crear una cuenta en la Plataforma Sucamec en Línea (SEL), y en el caso ya cuente con una, solo tendrá que actualizar su contraseña, para programar mediante esta herramienta digital, una cita para el internamiento temporal de los dispositivos y municiones que posee.

Una vez programada la cita, el ciudadano (a) deberá acercarse a la sede elegida para la verificación de las armas, y en el mismo lugar recibirán el Acta de internamiento.

En ese orden de ideas, con el arma internada en la Sucamec, la persona que realizó el acto de internamiento del arma, ya se encuentra lista, para iniciar sus trámites y obtener su licencia de uso de arma de fuego en la modalidad que requiera, cuyo costo por trámite es S/. 41.00.

Cuando obtenga este documento, deberá gestionar la emisión de la tarjeta de propiedad del arma, realizando un pago de S/ 23.60.

Propietarios podrán retirar sus armas internadas

Cabe mencionar que, las armas solo podrán ser retiradas de su internamiento en los almacenes de la SUCAMEC, cuando el propietario administrado cuente con la licencia de uso de armas de fuego y con la respectiva tarjeta de propiedad a su nombre. Si el propietario no obtiene su licencia de uso de armas, puede vender o transferir el arma a otra persona que cuente con la respectiva licencia y autorización.

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