El gobierno de Dina Boluarte, extendió el estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días más, a partir del 17 de abril de 2025. La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera dicho apoyo.
Bajo esta medida, las personas que transiten en motos en la capital y el primer puerto, estarán impedidas de hacerlo con acompañante a partir de este lunes 14 de abril, según la edición extraordinaria de El Peruano.
El artículo 2 del decreto publicado este domingo se refiere a la restricción o suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales.
Asimismo, establece que durante la prórroga del estado de emergencia “se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”.
El texto legal agrega que la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Título II del Decreto Legislativo N.º 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 003-2020-DE.
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