El Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica sentenció a Emerson C. C. (24) a 12 años de cárcel por un caso de violación en agravio de su vecina, una anciana de 63 años de edad que tiene esquizofrenia paranoide.
En todo el proceso judicial, la defesa técnica y el acusado alegaron inocencia. Asimismo, este resultado puede ser apelado por cualquiera de las partes en el plazo establecido de acuerdo a ley.
De acuerdo al planteamiento del Ministerio Público, el cual fue argumentado por el fiscal Ángel Contreras, los hechos ocurrieron en las primeras horas del 25 de octubre del 2019.
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Habían pasado más de los primeros 50 minutos del día en mención cuando la agraviada se encontraba durmiendo dentro de su domicilio y el acusado ingresa a la vivienda.
El sujeto, quien se encontraba con signos de haber consumido bebidas alcohólicas, aprovecha que la señora se encontraba sola y empieza a ultrajarla.
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Es en ello que la agraviada grita pidiendo ayuda, por lo que su hija y su nieta llegan a su socorro. Llegando al cuarto de la anciana, ven al acusado con el pantalón y el calzoncillo bajado, y estaba encima de la señora.
Tras ser descubierto, el sujeto intenta huir, pero es retenido por la familia de la víctima hasta la llegada de la Policía.
Por su parte la defensa técnica y el acusado planteaban que ese día el joven estaba borracho y que sus hermanos le habían trancado la puerta de la casa. En ello es que su vecina (la víctima) decide darle cobijo para que duerma.
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El acusado argumenta que, estando dentro de la casa y echados en la cama, la señora se le insinuaba por lo que decide ponerse encima y frotarle la parte íntima a la agraviada, y que, debido a que lo hizo fuerte, la señora le agarró del cuello y le hizo una herida, a lo que respondió con un golpe en la cabeza. Debido a esto la anciana grita y llegaron sus familiares.
Asimismo, el joven afirma que no sabía que su vecina tenía discapacidad mental.
Ambos argumentos fueron evaluados por el Colegiado que al final llega a la conclusión que, la tesis de la defensa, no resulta ser mínimamente amparable a fin de poder hacer prevalecer el principio de presunción de inocencia, por lo que decide condenar al acusado a 12 años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva, por el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación.
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Asimismo, el sentenciado, quien actualmente está prófugo, deberá pagar 13 mil soles de reparación civil a favor de la víctima.
Tres jueces conforman el Colegiado de este caso: Hernán Pozo, Amparo Fernández y Marcelino Cárdenas.