Los trabajadores del régimen privado pueden presentar denuncias presenciales o virtuales ante Sunafil cuando las empresas incumplen con el depósito de la CTS. (Foto: Andina)
Los trabajadores del régimen privado pueden presentar denuncias presenciales o virtuales ante Sunafil cuando las empresas incumplen con el depósito de la CTS. (Foto: Andina)

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó que los trabajadores del régimen privado que no recibieron el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 15 de mayo pueden presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

La entidad señaló que los trabajadores cuentan con mecanismos presenciales y virtuales para reportar el incumplimiento por parte de las empresas.

Cómo presentar una denuncia ante Sunafil

Los trabajadores pueden acudir presencialmente a la intendencia regional de Sunafil correspondiente o realizar el trámite mediante la plataforma virtual oficial.

En Lima Metropolitana, la atención presencial se realiza en la avenida Salaverry 655, Jesús María, en el cuarto piso del Ministerio de Trabajo.

Para la modalidad virtual, los usuarios deben ingresar al portal de Sunafil y seleccionar la opción “Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada”.

Qué documentos se necesitan

Entre los requisitos para presentar la denuncia figuran:

  • Número de RUC de la empresa denunciada.
  • Dirección del centro de trabajo.
  • Documentos que sustenten el reclamo, como boletas de pago o contrato laboral.
  • Correo electrónico y número de celular de contacto.

El MTPE también recordó que el trabajador puede solicitar reserva de identidad durante el proceso de denuncia.

Para ello, debe marcar la opción “Sí” en el apartado de confidencialidad al momento de registrar el reclamo.

Plazos de evaluación e investigación

El ministro de Trabajo, Óscar Fernández Cáceres, explicó que Sunafil evalúa la denuncia en un plazo máximo de 10 días hábiles antes de asignarla a un inspector.

Posteriormente, el inspector dispone de hasta 30 días hábiles para emitir un acta de infracción o archivar el caso si corresponde.

“Una vez iniciada la investigación, el inspector dispone de hasta 30 días hábiles para emitir un acta de infracción”, precisó el titular del MTPE.

Canales de orientación laboral

El MTPE recordó que trabajadores y empleadores pueden acceder gratuitamente al servicio de consultas laborales mediante la línea telefónica 0800-16872.

La atención se brinda de lunes a viernes entre las 6:30 a. m. y las 7:00 p. m. a través de abogados especializados en derechos laborales.

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