Cuidado con la sobreexposición de sus menores en las plataformas digitales. Determinadas publicaciones constituyen “un acto de violencia” según refiere el abogado Juan Carlos del Águila.
Cuidado con la sobreexposición de sus menores en las plataformas digitales. Determinadas publicaciones constituyen “un acto de violencia” según refiere el abogado Juan Carlos del Águila.

Las redes sociales ya forman parte de la vida cotidiana de muchos. Por ello, un amplio grupo padres de familia no teme mostrar a sus hijos en distintas plataformas digitales.

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Sin embargo, no todo el contenido que los progenitores publican de sus menores hijos sería el adecuado, pues algunos de estas publicaciones podrían derivar en algún tipo de violencia según detalla el abogado Juan Carlos del Águila.

En diálogo con , el especialista en Derecho de Familia señala que aunque “no existe una norma que prohíba a los progenitores subir fotos de sus hijos”, ya sea acompañándolos o no, “sí está contemplada en las leyes la protección al menor”.

Por esta razón, destaca, es necesario que los padres presten particular atención a las fotografías y videos de sus pequeños que deseen compartir. El objetivo es que dicho material no sobre pase los límites o genere un impacto negativo en el menor debido a los comentarios negativos que podría recibir.

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“Cualquier hecho que genere un acto de violencia sexual o psicológica será sancionado, independientemente de si es imputado por el padre o no. Si bien de conformidad con el artículo 423° del Código Civil los progenitores tienen el derecho de representar a sus menores hijos, también hay un interés del Estado en proteger a los niños y adolescentes”, afirma.

¿Puedo evitar que mi hijo sea expuesto por mi expareja en redes sociales?

Aunque puedan existir dudas razonables sobre si es correcto o no exponer a nuestros hijos en internet, estos no son motivos suficientes para imponerle a la madre o padre de nuestros hijos una prohibición al respecto.

Sobre ello, Del Águila precisa que “la preocupación no puede impedir (a alguno de los progenitores) publicitar algunos actos que son parte de la vida natural de las personas”. Según señala, “no se podría prohibir (esta situación) porque no existe algún medio probatorio” de que exista violencia sexual o psicológica.

“Una fotografía no es un acto negativo sino los fines que se generen con este material”, destaca.

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Fotografías o videos con el nuevo compromiso de mi expareja

Si usted observa a su expareja, y también progenitor de sus hijos, publicitar una fotografía del menor junto a su actual compromiso sí podría hacer algo al respecto. Según detalla el representante legal, estas situaciones desembocan en una afectación a los menores debido a la reacción que generan.

“Lo que se ve constantemente es que no se publica la foto del menor solo sino con las nuevas parejas (de alguno de sus progenitores). Esto mientras (los menores) dicen cuanto aman a su ‘madre o padre’. Ello genera comentarios de los familiares y amigos y sí genera un acto de violencia psicológica, porque de alguna manera produce comentarios sobre la vida del menor, afectación a su entorno familiar”, explica.

Frente a esta situación, el especialista en derecho familiar precisa que lo primero a realizar, si se desea actuar al respecto, será recoger las pruebas de dicho perjuicio.

“Hay que tomar captura de estos comentarios negativos, luego elaborar una carta notarial dirigida al padre o madre con el fin de solicitar, en mi calidad de progenitor, no causar mayores perjuicios (…) Objetivamente se está dando una mala reputación al menor, se le va a perjudicar porque ese niño crece y aprende a leer”, puntualiza.

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