Banco Central de Reserva (BCR), la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y el Ministerio de Economía se habían opuesto a dicho dictamen. (Foto: Andina)
Banco Central de Reserva (BCR), la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y el Ministerio de Economía se habían opuesto a dicho dictamen. (Foto: Andina)

Por mayoría, el aprobó adelantar la edad de jubilación a los 50 años, a través de la modificación del Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) en el , es decir, en las .

Al respecto, el , la y el Ministerio de Economía se habían opuesto a dicho dictamen, debido a que los aportantes tendrán menos fondo y, a la vez, más años por proteger cuando ya no pueda trabajar.

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El dictamen fue aprobado con 102 votos a favor fue sustentado por los presidentes de la Comisiones de Economía (Anthony Novoa) y Trabajo (Daniel Oseda).

“Procede la jubilación cuando el afiliado mayor de cincuenta (50) años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones”, indica el dictamen aprobado.

Asimismo, detalla que, para el cálculo de la pensión antes señalada, no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la Capitalización Individual de Capitalización (CIC) de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses.

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En la disposición complementaria de la norma se detalla que la SBS determine el procedimiento operativo para el cumplimiento de la ley “en el plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de su vigencia”.

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