(Foto: Andina)
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La bancada Perú Democrático, a través del congresista s, presentó un proyecto de ley a fin de que lasno cobren comisiones cuando la rentabilidad de los aportantes sea negativa y, cuando existan pérdidas, sean asumidas por los afiliados y las AFP.

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“Las pérdidas del causadas por los riesgos de mercado, por las crisis financieras internas o externas o por cualquier causa, serán asumidas por igual por los afiliados y las . Estas últimas no cobrarán las comisiones a que se hace referencia en el inciso a) del artículo 24 de la presente ley mientras la rentabilidad de cualquier de los fondos sea negativa”, se indica en la iniciativa.

Asimismo, se detalla que la retribución que percibirán las AFP será por la “administración del aporte obligatorio” y recibirán una comisión porcentual plana mínima sobre la remuneración mensual asegurable del afiliado, que -2será calculada cada seis meses por la Superintendencia en función a la estructura de costos reales promedio de las AFP, bajo un enfoque operador eficiente”.

“Una comisión de desempeño en función a la rentabilidad real anual obtenida por la AFP, cuyo cálculo será determinado por la en base a las reglas de cobrar una vez al año, que no se aplique a los afiliados desempleados ni pasivos y que la aplicación combinada con la comisión porcentual mínima deba ser sustancialmente menos onerosa para los afiliados que las modalidades de cobro de comisiones anteriormente vigente”, se sustenta.

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En otro parte se indica que, de incumplirse con la política de inversiones, la AFP infractora deberá también resarcir a los afiliados perjudicados devolviéndose los importes de las comisiones por administración.

“Los afiliados activos al Sistema Privado de Pensiones tendrán un representante en los directorios de las AFP y en los directorios de las empresas en las que las AFP tengan derecho a tener directores”, se acota.

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