El expresidente Alberto Fujimori tomó la palabra en audiencia donde se evaluó recurso para anular sentencia de 25 años de prisión por secuestro agravado. (Foto: Justicia TV)
El expresidente Alberto Fujimori tomó la palabra en audiencia donde se evaluó recurso para anular sentencia de 25 años de prisión por secuestro agravado. (Foto: Justicia TV)

El expresidente Alberto Fujimori (1900-2000) negó haber ordenado las detenciones del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer durante el autogolpe del 5 de abril de 1992.

Ante el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, el exjefe de Estado manifestó que se enteró de la detención de Gorriti durante una conferencia a la prensa extranjera y detalló que el periodista fue llevado al Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE).

“El señor Gorriti en ningún momento –yo me entero también después- fue tratado indebidamente, tanto es así que se comunica con el general Ketín Vidal, jefe de la Dircote y conocido por él, y fue trasladado en la madrugada”, expresó.

“Debo aclarar que no di ninguna orden de detención de persona alguna”, añadió Fujimori Fujimori en su intervención, que se prolongó por menos de cinco minutos.

Respecto al caso del empresario Samuel Dyer, el expresidente indicó que se dedicaba a actividades empresariales en la selva, en Pucallpa o Tingo María, zona “altamente infiltrada por Sendero Luminoso y [donde] se especulaba que había extorsión”.

“El SIN [Servicio de Inteligencia Nacional] o el SIE hace las investigaciones respectivas y con ese motivo es llevado al SIE, en donde en todo momento fue tratado correctamente”, subrayó.

Alberto Fujimori se pronuncia

Como se recuerda, la defensa del exmandatario presentó un hábeas corpus para anular la condena de 25 años de prisión por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

Se trata del fallo emitido por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, el 7 de abril del 2009, que condenó a Alberto Fujimori como autor mediato del delito de secuestro agravado.

El abogado Elio Riera también pidió la nulidad de la sentencia de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, del 30 de diciembre del 2009, que ratificó lo resuelto por la Sala Penal Especial.

Cabe indicar que el juez Juan Fidel Torres Tasso informó que la causa quedó expedita para emitir sentencia dentro del plazo previsto por el nuevo Código Procesal Constitucional.

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