El Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Ancón II decidió no otorgar la libertad por redención de la pena por trabajo y educación al mayor EP en retiro Antauro Humala.
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Así lo informó el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a través de su cuenta en Twitter, en respuesta a una solicitud de la defensa del líder etnocacerista presentado el 29 de noviembre del 2021.
En sus alegatos, el exmilitar alegaba que si se suman las horas de trabajo y de estudios en prisión, se le debería reducir en dos años y seis meses la condena. Es decir, para ellos la sentencia ya está cumplida.
En abril pasado el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que un pedido de indulto común a favor de Antauro Humala fue revisado y archivado en febrero de este año porque los delitos por los que fue sentenciado no permiten este tipo de beneficios.
A través de un comunicado, el Poder Ejecutivo detalló que recibió el pedido de esta gracia presidencial el 26 de agosto del 2021, y que este fue evaluado el 7 de febrero.
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En la sesión ordinaria de esta fecha, la Comisión de Gracias Presidenciales determinó que era improcedente el pedido de indulto a favor de Humala Tasso porque no cumplía con los supuestos de la norma del Decreto Supremo 004-2020-JUS.
En el 2009, Antauro Humala fue sentenciado a 25 años de reclusión por homicidio, secuestro y rebelión. En el 2011, su pena se redujo a 19 años, tras una revisión del caso por parte de la Corte Suprema.
Humala Tasso fue sentenciado por la toma de una comisaría en la ciudad de Andahuaylas el 1 de enero del 2005. En los enfrentamientos posteriores murieron cuatro policías y dos etnocaceristas.