La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el dictamen recaído en el Proyecto de ley 14337/2025, para incorporar el delito de lesa humanidad en el Código Penal.
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La iniciativa, presentada por el presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, obtuvo 14 votos a favor, nueve en contra y ninguna abstención.
La norma establece una regulación específica para este tipo de crímenes, conforme a los criterios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
En esa línea, incorpora un nuevo capítulo al Título XIV-A del Código Penal y precisa que serán considerados delitos de lesa humanidad aquellos actos como asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual cuando sean cometidos como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, con conocimiento e intención del autor.
“Ataque sistemático es la conducta planificada, mediante una logística previa, para promover ese ataque con aplicación metódica en la perpetración del delito, de conformidad con una política de gobierno o con los planes de una organización de grupos armados para cometer ese ataque”, se precisa.
Asimismo, establece sanciones que van desde los 30 años de pena privativa de libertad hasta la cadena perpetua, según corresponda, y refiere que aquellos hechos investigados que no cumplan con los elementos deberán ser procesados como delitos comunes, según la legislación penal vigente.
En efecto, el texto establece que tendrá aplicación inmediata en los casos en trámite en los se haya utilizado o propuesto la aplicación del delito de lesa humanidad, así como en aquellos procesos con condena que se encuentren bajo revisión, nulidad u otro recurso o garantía constitucional.





